Está Vd. en

Documento BOE-A-1997-24920

Resolución de 4 de noviembre de 1997, de la Subsecretaría, por la que se hace pública la concesión de subvenciones a las organizaciones sindicales representativas del personal docente y laboral en los centros públicos no universitarios del ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Cultura, al amparo de lo dispuesto en la Orden de 10 de marzo de 1994.

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 21 de noviembre de 1997, páginas 34354 a 34355 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-24920

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 10 de marzo de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de abril), se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las organizaciones sindicales, representativas del personal docente y laboral en los centros públicos no universitarios del ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Cultura.

Vista la petición de subvención que, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, formulan las organizaciones sindicales que se citan, así como la documentación que acompañan:

I. Considerando que, de conformidad con lo establecido en los ar tículos 6.1 y 7, apartados 1 y 2, de la Ley Orgánica 11/1985, de Libertad Sindical, y según los resultados obtenidos en las últimas elecciones sindicales celebradas en 1994, en el ámbito del personal docente no universitario, docente en el exterior y personal laboral, que se detallan en el anexo I, las organizaciones sindicales CSIF, ANPE y STES, así como las Federaciones de Enseñanza de CC.OO. y UGT, son las más representativas del sector.

II. Considerando que, de conformidad con lo dispuesto en el apartado sexto, letras a) y b), de la mencionada Orden, se ha procedido a la distribución de las subvenciones objeto de la convocatoria con los criterios que se detallan y especifican en el anexo II.

III. Considerando que, de conformidad con lo dispuesto en los apartados séptimo y octavo de la referida Orden, el beneficiario de la subvención deberá cumplir las obligaciones que se imponen a los mismos y justificar, mediante Memoria explicativa, el programa o actividad realizada, los gastos, acompañando los originales de las facturas y recibos, legalmente configurados, y el destino concreto del 50 por 100 de la subvención concedida como requisito previo para percibir el 50 por 100 restante.

En virtud de todo lo expuesto, esta Subsecretaria ha resuelto conceder a las organizaciones sindicales que se relacionan y en las cuantías que se citan a continuación una subvención para la realización de las actividades relacionadas con el ejercicio de las funciones y facultades que la legislación reconoce a dichas organizaciones, así como la participación en los órganos de negociación en los ámbitos del personal docente y laboral, en los centros públicos no universitarios del Ministerio de Educación y Cultura, de conformidad con los criterios contenidos en el apartado sexto y en la forma establecida en los apartados séptimo y octavo de la Orden de 10 de marzo de 1997, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las organizaciones sindicales en el ámbito del Ministerio de Educación y Cultura.

Dicho gasto se imputará al crédito existente en el concepto 485 del programa 423C del vigente presupuesto de gastos del Departamento y se hará efectivo a través de transferencia bancaria, según lo previsto en el apartado undécimo de la precitada Orden.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 81, apartado séptimo del texto refundido de la Ley General Presupuestaria.

Madrid, 4 de noviembre de 1997.-El Subsecretario, Ignacio González González.

RELACIÓN QUE SE CITA

Asociación Nacional de Profesores Estatales (ANPE): 10.274.420 pe setas.

Federación de Enseñanza de Comisiones Obreras (FE-CC.OO.): 15.889.924 pesetas.

Confederación de Sindicatos de Trabajadores de la Enseñanza (STES): 8.281.164 pesetas.

Federación de Trabajadores de la Enseñanza de la Unión General de Trabajadores (FETE-UGT): 11.211.437 pesetas.

Confederación Sindical Independiente de Funcionarios (CSIF): 8.094.200 pesetas.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid