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Documento BOE-A-1997-24825

Resolución de 30 de octubre de 1997, de la Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo, por la que se dispone la publicación de un Acuerdo de prórroga y modificación del Convenio de colaboración, suscrito el 20 de octubre de 1994, entre el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, hoy Ministerio de Fomento, y la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la rehabilitación de viviendas de promoción pública afectadas por aluminosis.

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 20 de noviembre de 1997, páginas 34096 a 34097 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1997-24825

TEXTO ORIGINAL

Suscrito, previa tramitación reglamentaria, entre el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, hoy Ministerio de Fomento, y la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el día 28 de octubre de 1997, un Acuerdo de prórroga y modificación del Convenio de colaboración, suscrito el 20 de octubre de 1994, para la rehabilitación de viviendas de promoción pública afectadas por aluminosis, y en cumplimiento de lo establecido en el punto noveno del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990 («Boletín Oficial del Estado» del 16), procede la publicación de dicha Addenda al Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 30 de octubre de 1997.-El Director general, Fernando Nasarre y de Goicoechea.

ACUERDO DE PRÓRROGA Y MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO EL 20 DE OCTUBRE DE 1994 ENTRE EL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTES Y MEDIO AMBIENTE, HOY MINISTERIO DE FOMENTO, Y LA CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA PARA LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS DE PROMOCIÓN PÚBLICA AFECTADAS POR ALUMINOSIS

En Madrid, a 28 de octubre de 1997.

REUNIDOS

De una parte:

El excelentísimo señor don Rafael Arias-Salgado Montalvo, Ministro de Fomento, que actúa en nombre y representación del Gobierno de la Nación, en uso de la delegación conferida por el Acuerdo de Consejo de Ministros de 21 de julio de 1995, y previa autorización otorgada por la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica, en fecha 28 de agosto de 1997.

De otra parte:

El excelentísimo señor don Francisco Vallejo Serrano, Consejero de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, en nombre y representación de la Junta de Andalucía, facultado para este acto en virtud del artículo 39 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.

Las partes se reconocen mutuamente en la calidad en que cada una interviene, con capacidad legal necesaria para el otorgamiento de este Convenio y al efecto,

EXPONEN

1. Que el Ministerio de Fomento actúa en base a la competencia exclusiva que el artículo 149.1.11.a y 1.13.a de la Constitución española atribuye al Estado en materia de ordenación de crédito, y bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.

2. La Comunidad de Andalucía tiene competencia exclusiva en materia de ordenación del territorio y del litoral, urbanismo y vivienda, de conformidad con lo previsto en el apartado 8 del artículo 13 de la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de noviembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

3. Que la Junta de Andalucía es la Institución que asume en el territorio de la Comunidad andaluza las competencias en materia de política de vivienda, de acuerdo con el Real Decreto 3481/1983, de 28 de diciembre, y que son ejercidas por la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

4. De conformidad con el Acuerdo adoptado por el Consejo de Ministros de 6 de mayo de 1994, por el que se modificaba la cuantía y el período de vigencia del fondo para actuaciones de rehabilitación de viviendas afectadas por aluminosis, con fecha 20 de octubre de 1994 se suscribió Convenio de colaboración entre el entonces Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con el objeto de regular la colaboración y las ayudas entre ambas Administraciones, en orden a la realización de un plan de actuaciones sobre las viviendas de promoción pública en el territorio de dicha Comunidad Autónoma, afectadas por determinados procesos de deterioro estructural.

5. La complejidad que conlleva las actuaciones rehabilitadoras, justifica la petición de la Comunidad Autónoma de prorrogar el programa temporal de actuaciones hasta el 31 de diciembre de 1997 y ajustarlo al período de vigencia previsto con carácter general en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de abril de 1996, y procediendo al reajuste de la aportación inicialmente prevista para 1997, conforme a las disponibilidades presupuestarias para el citado ejercicio.

En su virtud, ambas partes acuerdan introducir mediante este Convenio las siguientes modificaciones:

Primera.-1.1. La Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo del Ministerio de Fomento aportará, como subvención a fondo perdido durante 1997, la cantidad de 1.100.000.000 de pesetas.

La aportación del Ministerio se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 17.09.431A.759.01 de los vigentes Presupuestos Generales del Estado.

1.2. La Comunidad Autónoma de Andalucía aportará con cargo a sus presupuestos, como subvención a fondo perdido durante 1997, la cantidad de 1.100.000.000 de pesetas.

Segunda.-Ambas partes, para dar continuidad a las obligaciones asumidas, establecen a estos efectos una nueva previsión temporal que finalizará el 31 de diciembre de 1997.

Tercera.-Las restantes cláusulas del Convenio de 20 de octubre de 1994, que no han sido objeto de modificación en el presente documento permanecerán vigentes.

En prueba de conformidad con cuanto antecede, se firma el presente Convenio en el lugar y fecha indicados en su encabezamiento.

El Ministro de Fomento, Rafael Arias-Salgado Montalvo.-El Consejero de Obras Públicas y Transportes, Francisco Vallejo Serrano.

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