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Documento BOE-A-1997-24814

Resolución de 13 de noviembre de 1997, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en el mes de diciembre de 1997 y se convocan las correspondientes subastas.

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 20 de noviembre de 1997, páginas 34091 a 34092 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1997-24814

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 38/1997, de 17 de enero, ha dispuesto que el Ministro de Economía y Hacienda podrá autorizar durante 1997 la emisión o contracción de Deuda del Estado hasta el límite fijado en el artículo 42 de la Ley 12/1996, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1997, y ha establecido además los criterios a los que ha de ajustar el ejercicio de sus competencias. En virtud de la citada autorización, y de acuerdo con lo previsto en el número 10 del artículo 104 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por el Real Decreto legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 22 de enero de 1997 ha autorizado a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a emitir Deuda del Estado durante 1997 y enero de 1998 y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones, manteniéndose la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad, lo que permite continuar con la técnica de agregación de emisiones cuya práctica ha contribuido al desarrollo de los mercados de Deuda.

Posteriormente, la Resolución de esta Dirección General de 23 de enero de 1997 reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado, incluidas las segundas vueltas, e hizo público el calendario de las subastas ordinarias para 1997 y el mes de enero de 1998. A tal efecto, es necesario fijar las características de los Bonos y Obligaciones del Estado que se pondrán en circulación el próximo mes de diciembre de 1997 y convocar las correspondientes subastas.

En estas subastas, dado el volumen que requieren las emisiones en la actualidad para garantizar su liquidez en los mercados secundarios, se considera conveniente emitir nuevos tramos de las referencias que se vienen poniendo en oferta, y que tienen la calificación de Bonos segregables, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 19 de junio de 1997.

Por ello, la Subdirectora general que suscribe tiene el honor de proponer a V. I. la siguiente Resolución:

«La Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 22 de enero de 1997 autoriza a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a emitir Deuda del Estado durante 1997 y enero de 1998, señalando los instrumentos en que podrá materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado, y estableciendo las reglas básicas a las que su emisión ha de ajustarse que, básicamente, son una prórroga de las vigentes en 1996, manteniéndose la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad.

Posteriormente, la Resolución de esta Dirección General de 23 de enero de 1997 reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado, incluidas las segundas vueltas, e hizo público el calendario de las subastas ordinarias para 1997 y el mes de enero de 1998. A tal efecto, es necesario fijar las características de los Bonos y Obligaciones del Estado que se pondrán en circulación el próximo mes de diciembre de 1997 y convocar las correspondientes subastas.

En estas subastas, dado el volumen que requieren las emisiones en la actualidad para garantizar su liquidez en los mercados secundarios, se considera conveniente emitir nuevos tramos de las referencias que se vienen poniendo en oferta, y que tiene la calificación de Bonos segregables, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 19 de junio de 1997.

En consecuencia, en uso de las autorizaciones contenidas en la Orden de 22 de enero de 1997, esta Dirección General ha resuelto:

Primero.-Disponer la emisión de Bonos del Estado a tres y cinco años y de Obligaciones del Estado a diez y quince años en el mes de diciembre de 1997 y convocar las correspondiente subastas, que habrán de celebrarse de acuerdo con lo previsto en la Orden de 22 de enero de 1997, en la Resolución de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera de 23 de enero de 1997 y en la presente Resolución.

Segundo.-Características de los Bonos y Obligaciones que se emiten: El tipo de interés nominal anual y las fechas de emisión, amortización y de vencimiento de cupones serán los establecidos por la Resolución de esta Dirección General de 20 de junio de 1997 para las emisiones de 15 de julio de 1997 de Bonos del Estado a tres años al 5,0 por 100, de 15 de julio de 1997 de Bonos del Estado a cinco años al 5,25 por 100, de 15 de julio de 1997 de Obligaciones del Estado a diez años al 6,0 por 100 y de 15 de julio de 1997 de Obligaciones del Estado a quince años al 6,15 por 100, siendo el primer cupón a pagar en los valores que se emitan de dichas emisiones, por su importe completo, el de 31 de enero de 1999.

Tercero.-Los Bonos y Obligaciones que se emitan se pondrán en circulación el día 15 de diciembre de 1997, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares de cuentas en la Central de Anotaciones, y se agregarán, respectivamente, a las emisiones de 15 de julio de 1997 al 5,0 por 100, 15 de julio de 1997 al 5,25 por 100, 15 de julio de 1997 al 6,0 por 100 y 15 de julio de 1997 al 6,15 por 100, teniendo, en cada caso, la consideración de ampliación de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.

Cuarto.-Existiendo la posibilidad de formular ofertas no competitivas en las subastas que se convocan, según se prevé en el apartado 1.b) de la Resolución de 23 de enero de 1997 de esta Dirección General, con posterioridad a la celebración de las subastas no existirá período de suscripción pública de la Deuda que se emite.

Quinto.-De acuerdo con lo establecido en la Resolución de 20 de junio de 1997, de esta Dirección General, los Bonos y Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone por la presente Resolución tendrán la calificación de Bonos segregables y las operaciones de segregación y reconstitución se podrán realizar, una vez alcanzado en alguna de las emisiones un volumen nominal mínimo en circulación de un billón de pesetas, a partir de la fecha que se fije mediante Resolución de esta Dirección General, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Sexto.-En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo previsto en el apartado 5.8.3 de la Orden de 22 de enero de 1997.»

Madrid, 13 de noviembre de 1997.-El Director general, Jaime Caruana Lacorte.

ANEXO

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los bonos del Estado a tres años, emisión de 15 de julio de 1997 al 5,0 por 100

Subasta mes de diciembre

Porcentaje

Precio / Rendimiento bruto * / Precio / Rendimiento bruto *

98,25 / 5,400 / 99,30 / 5,026

98,30 / 5,382 / 99,35 / 5,008

98,35 / 5,365 / 99,40 / 4,991

98,40 / 5,347 / 99,45 / 4,973

98,45 / 5,329 / 99,50 / 4,955

98,50 / 5,311 / 99,55 / 4,938

98,55 / 5,293 / 99,60 / 4,920

98,60 / 5,275 / 99,65 / 4,902

98,65 / 5,257 / 99,70 / 4,885

98,70 / 5,239 / 99,75 / 4,867

98,75 / 5,221 / 99,80 / 4,850

98,80 / 5,204 / 99,85 / 4,832

98,85 / 5,186 / 99,90 / 4,815

98,90 / 5,168 / 99,95 / 4,797

98,95 / 5,150 / 100,00 / 4,779

99,00 / 5,132 / 100,05 / 4,762

99,05 / 5,115 / 100,10 / 4,744

99,10 / 5,097 / 100,15 / 4,727

99,15 / 5,079 / 100,20 / 4,709

99,20 / 5,062 / 100,25 / 4,692 /

99,25 /

5.044

* Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los bonos del Estado a cinco años, emisión de 15 de julio de 1997 al 5,25 por 100

Subasta mes de diciembre

Porcentaje

Precio / Rendimiento bruto * / Precio / Rendimiento bruto *

97,50 / 5,675 / 98,55 / 5,432

97,55 / 5,663 / 98,60 / 5,420

97,60 / 5,651 / 98,65 / 5,409

97,65 / 5,640 / 98,70 / 5,397

97,70 / 5,628 / 98,75 / 5,386

97,75 / 5,616 / 98,80 / 5,374

97,80 / 5,605 / 98,85 / 5,363

97,85 / 5,593 / 98,90 / 5,351

97,90 / 5,582 / 98,95 / 5,340

97,95 / 5,570 / 99,00 / 5,328

98,00 / 5,558 / 99,05 / 5,317

98,05 / 5,547 / 99,10 / 5,305

98,10 / 5,535 / 99,15 / 5,294

98,15 / 5,524 / 99,20 / 5,283

98,20 / 5,512 / 99,25 / 5,271

98,25 / 5,501 / 99,30 / 5,260

98,30 / 5,489 / 99,35 / 5.248

98,35 / 5,478 / 99,40 / 5.237

98,40 / 5,466 / 99,45 / 5,226

98,45 / 5,455 / 99,50 / 5,214 /

98,50 /

5,443

* Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a diez años, emisión de 15 de julio de 1997 al 6,00 por 100

Subasta mes de diciembre

Porcentaje

Precio / Rendimiento bruto * / Precio / Rendimiento bruto *

97,5 / 6,239 / 99,6 / 5,953

97,6 / 6,225 / 99,7 / 5,940

97,7 / 6,211 / 99,8 / 5,927

97,8 / 6,197 / 99,9 / 5,913

97,9 / 6,184 / 100,0 / 5,900

98,0 / 6,170 / 100,1 / 5,886

98,1 / 6,156 / 100,2 / 5,873

98,2 / 6,143 / 100,3 / 5,860

98,3 / 6,129 / 100,4 / 5,847

98,4 / 6,115 / 100,5 / 5,833

98,5 / 6,102 / 100,6 / 5,820

98,6 / 6,088 / 100,7 / 5,807

98,7 / 6,075 / 100,8 / 5,794

98,8 / 6,061 / 100,9 / 5,780

98,9 / 6,048 / 101,0 / 5,767

99,0 / 6,034 / 101,1 / 5,754

99,1 / 6,021 / 101,2 / 5,741

99,2 / 6,007 / 101,3 / 5,728

99,3 / 5,994 / 101,4 / 5,715

99,4 / 5,980 / 101,5 / 5,702 /

99,5 /

5,967

* Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a quince años, emisión de 15 de julio de 1997 al 6,15 por 100

Subasta mes de diciembre

Porcentaje

Precio / Rendimiento bruto * / Precio / Rendimiento bruto *

96,5 / 6,438 / 98,6 / 6,216

96,6 / 6,428 / 98,7 / 6,205

96,7 / 6,417 / 98,8 / 6,195

96,8 / 6,406 / 98,9 / 6,185

96,9 / 6,395 / 99,0 / 6,174

97,0 / 6,385 / 99,1 / 6,164

97,1 / 6,374 / 99,2 / 6,154

97,2 / 6,363 / 99,3 / 6,143

97,3 / 6,353 / 99,4 / 6,133

97,4 / 6,342 / 99,5 / 6,123

97,5 / 6,332 / 99,6 / 6,112

97,6 / 6,321 / 99,7 / 6,102

97,7 / 6,310 / 99,8 / 6,092

97,8 / 6,300 / 99,9 / 6,081

97,9 / 6,289 / 100,0 / 6,071

98,0 / 6,279 / 100,1 / 6,061

98,1 / 6,268 / 100,2 / 6,051

98,2 / 6,258 / 100,3 / 6,041

98,3 / 6,247 / 100,4 / 6,030

98,4 / 6,237 / 100,5 / 6,020 /

98,5 /

6,226

* Rendimientos redondeados al tercer decimal.

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