Visto el expediente de indulto de don José Manuel Cayuelas Camarra, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el artículo 4.o, apartado tercero, del Código Penal, por el Juzgado de lo Penal número 13 de Barcelona, que, en sentencia de fecha 17 de mayo de 1996, le condenó, como autor de un delito de robo, a la pena de 50.000 pesetas de multa, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1987, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de octubre de 1997,
Vengo en indultar a don José Manuel Cayuelas Camarra la pena de multa pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 31 de octubre de 1997.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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