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Documento BOE-A-1997-24249

Orden de 29 de octubre de 1997 por la que se ratifica la modificación del Reglamento de las Denominaciones de Origen «Jerez-Xérès-Sherry» y «Manzanilla Sanlúcar de Barrameda» y de su Consejo Regulador.

Publicado en:
«BOE» núm. 272, de 13 de noviembre de 1997, páginas 33265 a 33265 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1997-24249

TEXTO ORIGINAL

El Real-Decreto 2766/1983, de 5 de octubre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Agricultura, señalada en el apartado B, 1.o, 1, h) de su anexo I, que la citada Comunidad Autónoma, una vez aprobados los Reglamentos de Denominaciones de Origen, los remitirá al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para su conocimiento y ratificación, a los efectos de su defensa por la Administración General del Estado en los ámbitos nacional e internacional, lo que se hará siempre que aquellos cumplan la legislación vigente.

Aprobada por Orden de 5 de mayo de 1997, del Consejero de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, la modificación del Reglamento de las Denominaciones de Origen «Jerez-Xérès-Sherry» y «Manzanilla Sanlúcar de Barrameda» y de su Consejo Regulador, corresponde al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ratificar dicha modificación.

En su virtud dispongo:

Artículo único:

Se ratifica la modificación del Reglamento de las Denominaciones de Origen «Jerez-Xérès-Sherry» y «Manzanilla Sanlúcar de Barrameda» y de su Consejo Regulador, aprobado por Orden de 5 de mayo de 1997, del Consejero de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, a los efectos de su promoción y defensa por la Administración General del Estado en los ámbitos nacional e internacional.

Disposición final:

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 29 de octubre de 1997.

DE PALACIO DEL VALLE-LERSUNDI

Ilmos. Sres. Secretaria General de Agricultura y Alimentación y Directora general de Política Alimentaria e Industrias Agrarias y Alimentarias.

ANEXO

Modificación del Reglamento de las Denominaciones de Origen «Jerez-Xérès-Sherry» y «Manzanilla Sanlúcar de Barrameda» y de su Consejo Regulador

Se modifica el punto 2 del artículo 4 del Reglamento de las Denominaciones de origen «Jerez-Xérès-Sherry» y «Manzanilla Sanlúcar de Barra meda» y de su Consejo Regulador, aprobado por Orden de 2 de mayo de 1977, que queda redactado como sigue:

«Dentro de la zona de producción, se distinguirá la tradicionalmente designada Jerez Superior, integrada por las viñas plantadas en tierras de albarizas, de los términos municipales de Jerez de la Frontera, El Puerto de Santa María, Sanlúcar de Barrameda, Trebujena y los de Rota y Chipiona, lindantes con el de Sanlúcar, que por la constitución físico-química de su suelo, situación y características climatológicas son idóneas para la producción de los vinos de calidad superior.»

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