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Documento BOE-A-1997-23043

Resolución de 13 de octubre de 1997, de la Universidad de Girona, por la que se convocan para el año 1998 siete becas Universidad de Girona de Doctorado.

Publicado en:
«BOE» núm. 260, de 30 de octubre de 1997, páginas 31382 a 31388 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1997-23043

TEXTO ORIGINAL

Artículo 1. Ámbitos.

Se abre convocatoria para la concesión de las becas Universidad de Girona de Doctorado especificadas en el anexo 1, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de las Becas Universidad de Girona de Doctorado, aprobado por la Junta de Gobierno de la Universidad de Girona en fecha 25 de septiembre de 1997.

Artículo 2. Requisitos.

1. Para optar a dichas becas, los solicitantes deberán poseer el título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, y no ser ni haber sido becario de formación de investigadores de la Generalidad de Cataluña o equivalente.

2. Los solicitantes deberán haber obtenido el título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero en el año 1995 o con posterioridad a este año.

Artículo 3. Duración.

El período de disfrute de estas becas se iniciará en el momento de la Resolución de la presente convocatoria y finalizará el día 31 de diciembre de 1998. Las becas podrán renovarse por años naturales hasta un máximo de tres renovaciones.

Artículo 4. Dotación. La dotación de las becas será de 1.440.000 pesetas brutas anuales, repartidas en doce mensualidades de 120.000 pesetas.

La dotación económica de la primera renovación será de 1.440.000 pesetas brutas anuales, repartidas en doce mensualidades de 120.000 pesetas.

La dotación económica de la segunda y de la tercera renovación será de 1.740.000 pesetas brutas anuales, repartidas en doce mensualidades de 145.000 pesetas.

La Universidad de Girona suscribirá para cada beneficiario una póliza de accidentes, de enfermedad y de responsabilidad civil que irá a cargo del presupuesto de la Universidad de Girona.

Los beneficiarios de estas becas disfrutarán de la ayuda para la matrícula en el programa de Doctorado en el que se matriculen dentro del plan de formación de la Universidad de Girona.

Las becas se otorgarán a cargo de la aplicación presupuestaria 781.00.

Artículo 5. Solicitudes.

Las solicitudes deberán dirigirse al Rector de la Universidad de Girona y se presentarán al Registro Central de la Universidad de Girona (edificio «Les Aligues», plaza Sant Domènec, 3, 17071 Girona) por cualquier medio de los autorizados en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los interesados utilizarán el modelo de solicitud que figura en el anexo 2.

Los solicitantes sólo podrán presentar su solicitud a un programa de Doctorado.

Artículo 6. Documentación.

Se adjuntarán a la solicitud los siguientes documentos:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte.

b) Fotocopia compulsada del título o resguardo de pago de derechos para obtenerlo.

c) Certificación académica personal de los estudios universitarios realizados en la que consten las calificaciones obtenidas en la última convocatoria.

d) Currículum vitae según modelo del anexo 3 o similar, junto con los documentos acreditativos originales o compulsados en los que se expongan los méritos que se crean convenientes.

e) El nombre del programa de Doctorado al que opta el candidato.

f) Resguardo de matrícula del programa de Doctorado o compromiso para matricularse en él.

Artículo 7. Plazos.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales, a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Una vez finalizado este plazo, se publicará la lista provisional de admitidos y excluidos con los motivos de exclusión en el tablón de anuncios del Rectorado. Los excluidos tendrán siete días naturales para resolver los defectos advertidos. Cuando haya pasado este último plazo, se publicará la lista definitiva de admitidos y excluidos en el mismo tablón de anuncios del Rectorado.

Artículo 8. Selección.

1. La selección de los candidatos, de acuerdo con los artículos 14, 15 y 16 del Reglamento de las Becas Universidad de Girona de Doctorado, corresponde a la Comisión de Selección que otorgará a cada candidato una calificación.

2. La calificación de cada candidato se obtendrá aplicando la fórmula siguiente:

(Nota expediente académico x 0,8) + (nota informe del Director del programa x 0,2).

3. La media mínima del expediente será 1,7. La calificación del expediente será ponderada de acuerdo a los criterios establecidos en el Real Decreto 1267/1994, de 10 de junio («Boletín Oficial del Estado» núme- ro 139, del 11), y se realizará de acuerdo con el procedimiento aprobado por la Comisión Académica y de Convalidaciones de 10 de julio de 1997, y los índices siguientes:

Estudios científicos: Nota expediente x 1,08.

Estudios técnicos: Nota expediente x 1,16.

Estudios sociales y humanísticos: Nota expediente igual.

4. La nota del informe, entre 1 y 4, corresponde a la Comisión de Selección. Para la obtención de la nota la Comisión de Selección valorará el informe del Director del programa de Doctorado. El Director del programa de Doctorado elaborará el informe de cada candidato en reunión conjunta con los responsables de las líneas de investigación vinculadas al programa, valorando la idoneidad de cada solicitante respecto a cada una de las líneas de investigación vinculadas al programa de Doctorado.

5. La Comisión de Selección propondrá a la Comisión de Doctorado la concesión de la beca al candidato con la calificación más elevada y, si procede, una lista de espera con orden de prelación.

6. De acuerdo con el artículo 8 del Reglamento de las Becas Universidad de Girona de Doctorado, los candidatos seleccionados para cada programa de Doctorado tendrán un plazo de siete días, a partir del día de la publicación de la adjudicación en el «Boletín Oficial del Estado», para adscribirse a una de las líneas de investigación o proyectos vinculados al programa de Doctorado al cual han optado y presentar un plan de trabajo avalado por el Director de la tesis, que también será Director de la beca.

Artículo 9. Actividad que se realizará.

1. Los beneficiarios de las becas deberán llevar a cabo la tesis doctoral durante el período de disfrute de la beca enmarcándose en la línea o proyecto de investigación en los que se ha adscrito.

2. La dedicación a tareas docentes será de un máximo de seis créditos anuales en enseñanzas bajo la dirección de un Profesor.

3. Los beneficiarios también deberán llevar a cabo las demás actividades que se establezcan para su formación.

Artículo 10. Aceptación de la beca.

En el caso de que el solicitante obtuviera la beca, se compromete a llevar a cabo las actividades citadas en el artículo anterior y a cumplir todas las demás condiciones generales que figuran en el Reglamento de las Becas Universidad de Girona de Doctorado.

Artículo 11. Resolución de incidencias y recursos.

1. El Rector de la Universidad de Girona es el órgano competente para resolver las incidencias que se puedan producir y resolverá los recursos que se presenten respecto a esta convocatoria.

2. La Resolución del Rector agota la vía administrativa.

Disposición final única.

Esta resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Girona, 13 de octubre de 1997.-El Rector, Josep M. Nadal Farreras.

ANEXO I

Referencia: 97/16. Departamento: Filología y Filosofía. Número de becas: Una. Programa de Doctorado: Literatura Española. Líneas de investigación: Crítica textual. Historia de la Literatura Española. Poética y retórica.

Referencia: 97/17. Departamento: Geografía, Historia e Historia del Arte. Número de becas: Una. Programa de Doctorado: Historia del Arte. Líneas de investigación: La producción artística de época antigua en Cataluña. La producción artística de época contemporánea en Cataluña. La producción artística de época medieval en Cataluña. La producción artística de época moderna en Cataluña.

Referencia: 97/18. Departamento: Ciencias Ambientales. Número de becas: Una. Programa de Doctorado: Física aplicada a las ciencias ambientales y a la ingeniería de los materiales. Líneas de investigación: Física de fluidos; turbulencia en geofluidos.

Referencia: 97/19. Departamento: Economía. Número de becas: Una. Programa de Doctorado: Economía. Líneas de investigación: Economía de los servicios y, especialmente, el análisis económico del turismo. Economía del medio ambiente y de los recursos naturales (tanto en el aspecto fundamental como en el aplicado). Economía regional y urbana.

Referencia: 97/20. Departamento: Empresa. Número de becas: Una. Programa de Doctorado: Matemática aplicada a la contabilidad y a la empresa. Líneas de investigación: Estudio de nuevos modelos económicos y empresariales bajo condiciones de incerteza. Matemática aplicada a la contabilidad.

Referencia: 97/21. Departamento: Electrónica, Informática y Automática. Número de becas: Una. Programa de Doctorado: Ingeniería en informática industrial y tecnologías avanzadas de producción. Líneas de investigación: Comunicaciones en banda amplia. Inteligencia artificial. Sistemas multi-agentes. Sistemas de supervisión. Visión por computador y robótica.

Referencia: 97/22. Departamento: Ingeniería industrial. Número de becas: Una. Programa de Doctorado: Organización y gestión de los sistemas productivos. Líneas de investigación: Estrategia de calidad y gestión de la calidad en las organizaciones. Gestión de la tecnología y de la innovación a las empresas. Logística y gestión de la producción.

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