Visto el expediente de inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes de la denominada «Fundación Española de Patología Digestiva», instituida y domiciliada en Madrid, calle Juan Bravo, números 46 y 48,
Antecedentes de hecho
Primero.-La fundación fue constituida por don Juan Ignacio Arenas Mirave en escritura otorgada en Madrid el día 3 de febrero de 1996, subsanada por otra de fecha 27 de mayo de 1997.
Segundo.-Tendrá por objeto fomentar el desarrollo y estimular y contribuir a la enseñanza e investigación de la especialidad de Patología Digestiva, así como a facilitar y promocionar la labor de los profesionales que la ejercen.
Tercero.-La dotación inicial de la fundación, según consta en la escritura de constitución, asciende a 50.000.000 de pesetas.
Cuarto.-El gobierno, administración y representación de la fundación se confía a un Patronato. Las normas sobre la composición, nombramiento y renovación del Patronato constan en los Estatutos, desempeñando los Patronos sus cargos con carácter gratuito.
Quinto.-El primer Patronato se encuentra constituido por don Francisco Javier Pérez Piqueras, como Presidente; don Juan M. Herrerías Gutiérrez, don Enrique Moreno González y don Agustín Velloso Jiménez, como Vicepresidentes; don Alberto Nistal Palanca, como Secretario; don Carlos Taxonera Samso, como Vicesecretario; don José María Obispo Martín, como Tesorero; don Juan Ignacio Arenas Mirave, don Jaume Boix i Valverde, don José Manuel Hernández Hernández, don Rafael Martín-Vivaldi Martínez, don Enrique Pérez-Cuadrado Martínez, don Salvador Lledo Matoses, don José María Bordas Alsiña, don Luis Ruiz del Árbol Olmos, don José María Segura Cabral, don Joaquín Miguel Potel Lesquereux y don José Ferrando Cucarella, como Vocales; habiendo aceptado todos ellos sus respectivos cargos.
Sexto.-Todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación se recoge en los Estatutos por los que se rige, sometiéndose expresamente en los mismos a la obligación de rendición de cuentas al Protectorado.
Vistos la Constitución vigente; la Ley 30/1994, de 24 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 25), de Fundaciones e Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General; el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, de 23 de febrero de 1996 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo); el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas, de 21 de julio de 1972 («Boletín Oficial del Estado» de 30 de octubre), y demás disposiciones de general y pertinente aplicación,
Fundamentos de Derecho
Primero.-El artículo 34 de la Constitución reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.
Segundo.-Es competencia de la Subsecretaría la resolución de este expediente, a tenor de lo establecido en el artículo 13.2.h) del Real Decreto 1887/1996, de 2 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 6).
Tercero.-El artículo 36.2 de la Ley de Fundaciones establece que la inscripción de las fundaciones requerirá el informe favorable del órgano al que corresponda el ejercicio del protectorado, en cuanto a la persecución de fines de interés general y a la determinación de la suficiencia de la dotación, considerándose competente a tal efecto la Secretaría General del Protectorado de Fundaciones Docentes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 107.10 del Reglamento de 1972.
Cuarto.-Examinados los fines de la fundación y el importe de la dotación, la Secretaría General del Protectorado estima que aquéllos son de tipo educativo y de investigación e interés general, y que la dotación es inicialmente adecuada y suficiente para el cumplimiento de los fines; por lo que, acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 36 de la Ley y demás formalidades legales, procede acordar la inscripción en el Registro de Fundaciones como de ámbito nacional.
Esta Subsecretaría, vista la propuesta formulada por el Servicio de Fundaciones, y de conformidad con el informe del Servicio Jurídico del Departamento, ha resuelto:
Inscribir en el Registro de Fundaciones Docentes a la denominada «Fundación Española de Patología Digestiva», de ámbito nacional, con domicilio en Madrid, calle Juan Bravo, números 46 y 48, así como el Patronato, cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.
Madrid, 30 de septiembre de 1997.-El Subsecretario, Ignacio González González.
Sr. Secretario general del Protectorado de Fundaciones Docentes.
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