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Documento BOE-A-1997-22585

Resolución de 30 de septiembre de 1997, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el recurso contencioso-administrativo número 1.257/1995, promovido por «Centre Medic Sant Jordi de Sant Andreu, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 24 de octubre de 1997, páginas 30842 a 30842 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1997-22585

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1.257/1995, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por «Centre Medic Sant Jordi de Sant Andreu, Sociedad Anónima», contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de diciembre de 1994 y 26 de abril de 1995, se ha dictado, con fecha 3 de junio de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que estimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto a nombre de la entidad "Centre Medic Sant Jordi de Sant Andreu, Sociedad Anónima", contra la Resolución de 26 de abril de 1995 de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por virtud de la que, en esencia, se desestimó el recurso ordinario formulado contra la anterior Resolución de 5 de diciembre de 1994, que denegó el registro del nombre comercial "Clínica Sant Jordi, Sociedad Anónima» número 160.900, para actividades consistentes en "actividad clínica para la asistencia, tratamiento y hospitalización de enfermos" y contra esa anterior Resolución, del tenor explicitado con anterioridad, y estimando la demanda articulada anulamos las resoluciones impugnadas por ser disconformes a Derecho y declaramos y, en lo menester, condenamos a la Administración demandada a que tenga por concedido el Registro del nombre comercial de autos. Sin efectuar especial pronunciamento sobre la costas causadas.»

En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. S.

Madrid, 30 de septiembre de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.

Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.

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