En el recurso contencioso-administrativo número 658/1990, referente al expediente de marca número 1.187.455/4, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Hobby Press, Sociedad Anónima», contra Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 20 de diciembre de 1988 y 15 de enero de 1990, se ha dictado, con fecha 2 de octubre de 1991, por el citado Tribunal sentencia, confirmada por el Tribunal Supremo en grado de apelación, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo, formulado por el Procurador don Luis Pozas Granero, en nombre y representación de la mercantil obby Press, Sociedad Anónima' contra las Resoluciones de fecha 20 de diciembre de 1988 y 15 de enero de 1990, dictadas por el Registro de la Propiedad Industrial, Ministerio de Industria y Energía, que deniegan la inscripción de la marca C MANIA, clase 16, debemos declarar y declaramos que ambas Resoluciones están ajustadas a Derecho; sin hacer mención especial en cuanto a las costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de septiembre de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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