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Documento BOE-A-1997-22542

Resolución de 24 de septiembre de 1997, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad a la addenda 1997 al Convenio de colaboración suscrito entre el Instituto de la Mujer y el Instituto Aragonés de la Mujer en programas y actuaciones dirigidos específicamente a las mujeres.

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 24 de octubre de 1997, páginas 30814 a 30816 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1997-22542

TEXTO ORIGINAL

Suscrita entre el Instituto de la Mujer y la Comunidad Autónoma de Aragón una addenda 1997 al Convenio de colaboración para la realización de programas y actuaciones dirigidos específicamente a las mujeres, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 24 de septiembre de 1997.-El Secretario general técnico, Julio Sánchez Fierro.

ADDENDA 1997 AL CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO ENTRE EL INSTITUTO DE LA MUJER Y EL INSTITUTO ARAGONÉS DE LA MUJER EN PROGRAMAS Y ACTUACIONES DIRIGIDOS ESPECÍFICAMENTE A LAS MUJERES

SE REÚNEN

De una parte: Doña María Concepción Dancausa Treviño, Directora general del Organismo Autónomo Instituto de la Mujer (Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales), nombrada mediante Real Decreto 1099/1996, de 17 de mayo («Boletín Oficial del Estado» número 121, del 18), en nombre y representación del citado organismo autónomo (Real Decreto 758/1996, de 6 de mayo; Real Decreto 839/1996, de 10 de mayo; Ley 16/1983, de 24 de octubre, y Real Decreto 1456/1984, de 1 de agosto, modificado por el Real Decreto 979/1989, de 28 de julio), por delegación del ejercicio de competencias acordado por el Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de julio de 1995.

Y, de otra: Doña María Cristina San Román Gil, Directora general del Organismo Autónomo Instituto Aragonés de la Mujer (Consejería de Presidencia, Relaciones Institucionales), nombrada por Decreto número 3/1996, de 30 de enero, en nombre y representación del citado organismo autónomo, en uso de las facultades que le confiere la Ley 2/1993, de 19 de febrero, por la que se crea el Instituto Aragonés de la Mujer.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

MANIFIESTAN

Primero.-Que el Instituto de la Mujer y el Instituto Aragonés de la Mujer, como organismos competentes en materia de políticas para las mujeres, el día 21 de marzo de 1994, suscribieron un Convenio de colaboración para llevar a cabo conjuntamente programas y actuaciones dirigidos a las mujeres.

Segundo.-Que para el cumplimiento de los fines de interés general y social cuya consecución tiene encomendada la Administración General del Estado, el Instituto de la Mujer del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales tiene interés y se hace necesaria la colaboración con el Instituto Aragonés de la Mujer de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales para desarrollar los proyectos que más adelante se reseñan.

Por todo lo manifestado, ambas partes acuerdan suscribir la presente addenda, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.-Dentro del marco normativo regulado en el citado Convenio, y de acuerdo con su cláusula segunda, ambas Administraciones llevarán a cabo los siguientes programas:

1. Estancias de tiempo libre para mujeres solas con hijas e hijos menores, exclusivamente a su cargo.-Este programa va dirigido a mujeres solas con hijas e hijos menores, exclusivamente a su cargo, en situación de precariedad económica y social, y se realizará en la primera quincena del mes de septiembre de 1997 en una localidad costera.

Consistirá en la estancia durante diez días, en régimen de pensión completa, con actividades complementarias, tanto para las madres como para sus hijas/os.

1.1 Corresponderá al Instituto de la Mujer:

Dictar resolución de convocatoria, que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Contratar los servicios de alojamiento, manutención, póliza de seguro, cóctel de clausura y transporte al mismo.

Suministro de diverso material de propaganda, relacionado con el programa.

Dictar resolución de adjudicación a propuesta del Instituto Aragonés de la Mujer.

1.2 Corresponderá al Instituto Aragonés de la Mujer:

Difundir la convocatoria.

Recibir las solicitudes.

Contratar el transporte de traslado de las personas beneficiarias y de las monitoras.

Contratar a las monitoras.

Seleccionar a las beneficiarias a través de la Comisión correspondiente y elevar propuesta a la Directora general del Instituto de la Mujer con, al menos, siete días de antelación a la fecha del inicio de las estancias.

Realizar Memoria de las estancias al finalizar el programa, en un plazo máximo de dos meses.

1.3 Condiciones económicas: El Instituto de la Mujer aportará hasta un máximo de 1.458.298 pesetas destinadas a cubrir los gastos de alojamiento, manutención, póliza de seguro, cóctel de clausura y transporte en autocar al cóctel, si procediera desplazarse, de las mujeres y de los menores.

El Instituto Aragonés de la Mujer correrá con los gastos de transporte por el traslado de las personas beneficiarias desde el lugar de procedencia al destino y viceversa, material para actividades y el pago de las monitoras, cuyo costo total no superará la cantidad de 750.000 pesetas. Los gastos que sobrepasen esta cantidad por los mismos conceptos, correrán por cuenta del Instituto Aragonés de la Mujer.

En el supuesto de que durante los siete días inmediatamente anteriores de la fecha del inicio de las estancias se produjeran variaciones referidas a un número menor de plazas de las adjudicadas al Instituto Aragonés de la Mujer, el Instituto de la Mujer abonará el 50 por 100 del importe de las plazas no cubiertas y el Instituto Aragonés de la Mujer abonará el otro 50 por 100 correspondiente a un día de estancia de las mencionadas plazas.

A las personas beneficiarias se les entregará diverso material divulgativo relacionado con el programa. Este servicio lo contratará el Instituto de la Mujer, los gastos de material y su traslado a los hoteles donde estén hospedados. Del importe total del gasto de este concepto, el Instituto de la Mujer aportará como máximo la cantidad de 200.000 pesetas, que serán distribuidas proporcionalmente al número de mujeres entre las Comunidades Autónomas que participen en el programa. El Instituto Aragonés de la Mujer aportará como máximo la cantidad de 75.000 pesetas. Las cantidades que corresponda aportar serán abonadas directamente por cada organismo a la empresa suministradora.

1.4 Dotación presupuestaria: Todas las cantidades que corresponde aportar al Instituto de la Mujer se imputarán con cargo a la aplicación 19.105.323B.226.10 del presupuesto de gastos del organismo para 1997.

Todas las cantidades que corresponde aportar al Instituto Aragonés de la Mujer se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 0201.323.2, capítulo 2, del presupuesto de gastos del organismo para 1997.

2. Programa Nova.

2.1 Acciones: El Instituto de la Mujer va a promover acciones formativas de carácter innovador dirigidas a colectivos de mujeres que, bien por constituir bolsas localizadas de desempleo femenino o bien por encontrarse con dificultades particulares para acceder a la oferta formativa general, requieren respuestas diferenciadas, entendidas como acciones positivas en la formación.

2.2 Objetivos: Los objetivos que se pretenden conseguir del programa son:

Mejorar la cualificación de las mujeres.

Diversificar la formación.

Facilitar la inserción laboral.

Adaptar la formación a las necesidades del mercado de trabajo local.

2.3 Cursos: Para conseguir estos objetivos, el Instituto de la Mujer llevará a cabo con la colaboración del Instituto Aragonés de la Mujer la celebración de dos cursos en las localidades y con los contenidos que a continuación se reseñan:

Localidad: Teruel. Denominación del curso: Funciones administrativas informatizadas.

Localidad: Zaragoza. Denominación del curso: Funciones administrativas informatizadas.

2.4 Condiciones económicas: El costo total se estima que asciende a 4.166.666 pesetas, que serán aportadas por el Instituto de la Mujer para cubrir los gastos que se deriven de la organización y ejecución de los cursos, y el Instituto Aragonés de la Mujer se hará cargo de los gastos que se deriven de la selección de las beneficiarias y el seguimiento de los cursos.

2.5 Dotación presupuestaria: La cantidad que corresponde aportar al Instituto de la Mujer será abonada con cargo a la aplicación presupuestaria 19.105.323B.227.06 del presupuesto de gastos del organismo para 1997.

3. Programa «Igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el ámbito laboral».-En virtud del proyecto aprobado por la Unión Europea al Instituto de la Mujer en el marco del IV Programa de Acción Comunitario denominado «Igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el ámbito laboral», en el presente ejercicio se van a llevar a cabo las siguientes actuaciones:

Estudio jurídico de ámbito nacional sobre la normativa laboral y de seguridad social en relación con la maternidad y los permisos parentales y estudio de derecho comparado en el ámbito de la Unión Europea.

Estudio económico nacional que analice el presunto coste, en términos de cargas fiscales, productividad u otros para las empresas por los permisos de maternidad y parentales.

Preparación e inicio de un estudio sociológico para detectar los prejuicios sociales de los empresarios frente a la contratación y promoción de mujeres.

En este proyecto colaboran como entidades asociadas 15 Comunidades Autónomas, ya que era un requisito exigido por la Unión Europea que participaran diversas entidades, tanto públicas como privadas, en el proyecto. Para ello, todas las Comunidades Autónomas, con la excepción de Andalucía y Canarias, certificaron su adhesión al proyecto y su cofinanciación con una cantidad cada una de ellas de 288.000 pesetas y en estas condiciones fue aprobado el proyecto por la Unión Europea. Por tanto, el Instituto Aragonés de la Mujer colaborará con el Instituto de la Mujer para la realización de estos estudios.

3.1 Condiciones económicas: El costo total de estas acciones asciende a 12.085.962 pesetas, y el Instituto Aragonés de la mujer aportará la cantidad de 288.000 pesetas, que será transferida, tras la firma de la addenda, a la cuenta del Instituto de la Mujer en el Banco de España.

3.2 Dotación presupuestaria: Todas las cantidades que corresponde aportar al Instituto de la Mujer se imputarán con cargo a la aplicación 19.105.323B.226.10 del presupuesto de gastos del organismo para 1997.

Las cantidades que corresponde aportar al Instituto Aragonés de la Mujer se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 02.01.323.2.41 del presupuesto de gastos del organismo para 1997.

Segunda. Publicidad en la colaboración.-En todo el material impreso, así como en la difusión que se haga de los programas, deberá constar la colaboración de ambos organismos y figurar expresamente sus logotipos.

Tercera. Seguimiento del programa.-El seguimiento de los programas, tal y como establece la cláusula cuarta del Convenio marco vigente, corresponderá a la Comisión de Seguimiento.

Cuarta. Vigencia.-La presente addenda surtirá efectos a partir de su firma y tendrá vigencia durante el ejercicio de 1997.

Y, estando conformes ambas partes con el contenido del presente documento, lo firman por duplicado y a un solo efecto en el lugar y fecha antes indicados.

Madrid, 1 de julio de 1997.-La Directora general del Instituto de la Mujer, Concepción Dancausa Treviño.-La Directora general del Instituto Aragonés de la Mujer, María Cristina San Román Gil.

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