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Documento BOE-A-1997-22072

Resolución de 31 de julio de 1997, de la Dirección General de Cultura de la Consejería de Cultura, por la que se incoa expediente de delimitación del entorno de protección de la iglesia y monasterio de San Pedro, conocido como «Los Jerónimos», en Murcia.

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 17 de octubre de 1997, páginas 30241 a 30243 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Referencia:
BOE-A-1997-22072

TEXTO ORIGINAL

Considerando que la iglesia y monasterio de San Pedro está declarado bien de interés cultural, con categoría de monumento, por el Real Decre to 320/1981, de 23 de enero, en relación con la disposición adicional primera de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español;

Considerando lo que disponen los artículos 9 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y 11 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, para el desarrollo parcial de dicha Ley, y según la redacción dada por el artículo segundo 1.1 del Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, por el que se modifica el anterior, y en virtud de las atribuciones que me confiere el Decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia 7/1984, de 24 de enero, transferidas por Real Decreto 3031/1983, de 21 de septiembre;

Visto el informe emitido por los servicios técnicos del Instituto del Patrimonio Histórico favorable a la incoación del expediente de delimitación del entorno de protección de este monumento, resuelvo:

1. Incoar expediente de delimitación del entorno de protección de la iglesia y monasterio de San Pedro, conocido como «Los Jerónimos», en Murcia, declarado bien de interés cultural (monumento) por el Real Decreto 320/1981, de 23 de enero («Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo), según descripción y plano que se adjunta como anexo a la presente Resolución.

2. Seguir con la tramitación del expediente, según las disposiciones vigentes.

3. Dar traslado de esta Resolución al Ayuntamiento de Murcia y hacerle saber que, según lo dispuesto en los artículos 11.1, 16 y 19.1 y 3 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, todas las actuaciones que hayan de realizarse en el monumento o en su entorno no podrán llevarse a cabo sin la previa autorización expresa de esta Dirección General de Cultura, quedando en suspenso, en su caso, los efectos de las licencias ya otorgadas. Será preceptiva la misma autorización para colocar cualquier clase de rótulo, señal o símbolo.

4. Que, de acuerdo con lo que dispone el artículo 12.2 del Real Decre to 111/1986, de 10 de enero, para el desarrollo parcial de la Ley 16/1985, y según la redacción dada por el artículo segundo 2.2, del Real Decre to 64/1994, de 21 de enero, por el que se modifica el anterior, se notifique esta Resolución a los interesados, a los efectos oportunos, y al Registro General de Bienes de Interés Cultural para su anotación preventiva.

5. Que la presente Resolución, con su anexo, se publique en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» y en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Murcia, 31 de julio de 1997.-El Director general, Miguel Ángel Centenero Gallego.

ANEXO

El entorno viene definido por una línea imaginaria que parte, en el sentido de las agujas del reloj, del punto kilométrico 656,400 de la carretera nacional 340 (autovía del Mediterráneo) hasta llegar el punto kilométrico 657,915, cruza la autovía en dirección sur y llega a la finca «Agridulce», envolviendo la vivienda, baja por el camino privado de esta misma finca y continúa por el camino Agridulce de la localidad de Guadalupe.

En este punto gira hacia el oeste por la carretera B-3 (La Ñora Guadalupe) y cruza por el camino de los Cerezos hasta su confluencia con la acequia de Alfatego. Una vez aquí recorre dicha acequia aguas arriba hasta llegar a la coordenada UTM X = 659.118, Y = 4.206.229. Desde esta coordenada gira 90o en dirección noroeste atravesando los lindes de las parcelas adyacentes hasta llegar a la coordenada UTM X = 659.056, Y = 4.206.293. Gira nuevamente hacia el oeste discurriendo aguas arriba por la acequia Nueva de Churra hasta la coordenada UTM X = 658.870, Y = 4.206.295.

Al llegar a este lugar entramos en la zona urbana de La Ñora, aquí recorre en dirección norte las traseras de la calle Río Segura y Pablo Iglesias, cruza la calle Escultor Salzillo y Marín, sigue por la trasera de la calle San Nicolás y bordea la «Finca del Médico». Atraviesa nuevamente la carretera B-3 y sube en dirección norte por la calle de las Brisas hasta encontrarse con el punto de partida.

Todo ello según plano adjunto.

El Real Decreto de declaración destaca su emplazamiento privilegiado sobre un altozano que domina la Vega del Segura, esta circunstancia y la nueva perspectiva del conjunto monacal tras la apertura de la autovía del Mediterráneo justifica la presente delimitación, ya que constituye su entorno visual y ambiental en el que cualquier intervención puede suponer una alteración de las condiciones de percepción del bien y carácter del espacio que lo rodea.

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