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Documento BOE-A-1997-21903

Resolución de 19 de septiembre de 1997, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrícolas, por la que se reconoce como organización de productores de frutas y hortalizas, conforme al artículo 11 del Reglamento (CE) número 2.200/96 del Consejo de 28 de octubre, a la cooperativa citrícola ?San Alfonso de Betxi, Cooperativa V.» de Betxi (Castellón).

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 16 de octubre de 1997, páginas 30124 a 30124 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1997-21903

TEXTO ORIGINAL

La cooperativa citrícola «San Alfonso de Betxi, Cooperativa V.» de Betxi (Castellón), cuyo ámbito de actuación es superior al de una Comunidad Autónoma, fue reconocida como organización de productores de frutas y hortalizas según el Reglamento (CEE) número 1.035/72, el 10 de octubre de 1990, e inscrita en el Registro de Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas con el número 285. Esta entidad ha solicitado el reconocimiento como organización de productores de frutas y hortalizas, según lo establecido en el artículo 11 del Reglamento (CE) número 2.200/96 del Consejo de 28 de octubre, y la Orden de 30 de abril de 1997.

Considerando que cumple con las condiciones exigidas en la normativa que regula el reconocimiento de estas organizaciones, resuelvo:

Primero.-Conceder el reconocimiento como organización de productores de frutas y hortalizas, conforme a lo establecido en el artículo 11 del Reglamento (CE) número 2.200/96 del Consejo de 28 de octubre de 1996, y la Orden de 30 de abril de 1997, para la categoría V (cítricos) a la cooperativa citrícola «San Alfonso de Betxi, Cooperativa V.» de Betxi (Castellón).

Segundo.-Que se inscriba en el Registro de Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas a la cooperativa citrícola «San Alfonso de Betxi, Cooperativa V.» de Betxi (Castellón), para la categoría V (cítricos).

Tercero.-Que se continúen asignando, hasta su expiración, como derechos adquiridos las ayudas contempladas en el artículo 14 del Reglamento (CEE) número 1.035/72 en aplicación del artículo 53 del Reglamento (CE) número 2.200/96.

Madrid, 19 de septiembre de 1997.-El Director general, Rafael Milán Díez.

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