Contido non dispoñible en galego
En el procedimiento de revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad de correduría de seguros, incoado por la Dirección General de Seguros, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado», con fecha 23 de junio de 1997, ha resultado constatado que los siguientes Corredores y corredurías se seguros no han comparecido ante esta Dirección General, en el plazo de quince días, para acreditar la vigencia de la fianza y del seguro de responsabilidad civil exigidos por el artículo 15.2 en relación con la disposición transitoria tercera de la Ley 9/1992, de 30 de abril, de Mediación en Seguros Privados:
Don Juan J. González Sierra.
«CB 47 Correduría de Seguros, Sociedad Limitada».
En consecuencia, con arreglo a lo establecido en el artículo 19.1.b) de la citada Ley 9/1992, se procede a revocar la autorización administrativa para ejercer la actividad de correduría de seguros al Corredor y correduría de seguros citados.
Madrid a 23 de septiembre de 1997.-La Directora general, P. D., la Subdirectora general de Ordenación del Mercado de Seguros, María de los Dolores Barahona Arcas.
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid