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Documento BOE-A-1997-21216

Resolución de 29 de septiembre de 1997, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se procede a la publicación del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Justicia y el Principado de Asturias para la realización de obras de emergencia en el edificio de Juzgados de Gijón.

Publicado en:
«BOE» núm. 240, de 7 de octubre de 1997, páginas 29176 a 29177 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1997-21216

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito entre el Ministerio de Justicia y el Principado de Asturias, un Convenio de colaboración para la realización de obras de emergencia como consecuencia de atentado terrorista en el nuevo edificio de Juzgados de Gijón, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto noveno del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, sobre Convenios de colaboración entre la Administración del Estado y las Comunidades Autónomas, he resuelto proceder a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que, a tal efecto, figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 29 de septiembre de 1997.-El Secretario de Estado, José Luis González Montes.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y EL PRINCIPADO DE ASTURIAS PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS DE EMERGENCIA COMO CONSECUENCIA DE ATENTADO TERRORISTA EN EL NUEVO EDIFICIO DE JUZGADOS DE GIJÓN

En Madrid a 26 de septiembre de 1997.

REUNIDOS

El excelentísimo señor don José Luis González Montes, Secretario de Estado de Justicia del Ministerio de Justicia, por delegación de firma de la excelentísima señora Ministra de Justicia (Orden de 23 de septiembre de 1997), quien a su vez actúa por delegación del Consejo de Ministros, conforme al Acuerdo de éste de 21 de julio de 1995 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de agosto).

El ilustrísimo señor don José Ramón García Cañal, Consejero de Cooperación del Principado de Asturias, en nombre de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, con autorización del Consejo de Gobierno de fecha 7 de agosto de 1997.

EXPONEN

I. Que el Estado ostenta competencias en materia de Administración de Justicia, de acuerdo con el artículo 149.1.5.o de la Constitución Española.

II. Que por su parte el Estatuto de Autonomía para Asturias en su artículo 41, atribuye al Principado de Asturias, en relación con la Administración de Justicia, el ejercicio de las facultades que las Leyes Orgánicas del Poder Judicial y del Consejo General del Poder Judicial reconozcan o atribuyan al Gobierno del Estado.

III. Que el Ministerio de Justicia tiene afecto un solar de 1.100 metros cuadrados, cedido gratuitamente por el Ayuntamiento de Gijón, situado en la calle Mariano Pola de Gijón, donde ha llevado a cabo la construcción del nuevo edificio de Juzgados de la localidad.

IV. Que con fecha 2 de noviembre de 1996, el citado edificio de Juzgados fue objeto de atentado terrorista, no produciéndose víctimas pero si importantes daños materiales.

V. Que teniendo en cuenta las especiales circunstancias que concurren y guiados por el interés de las dos Administraciones signatarias en instrumentar los medios que permitan la realización de las obras de emergencia en el edificio de Juzgados de Gijón, para su pronta puesta en funcionamiento y ofrecer así, tanto a los ciudadanos como a los responsables directos de la Administración de Justicia unas instalaciones adecuadas con el consiguiente beneficio y eficacia en las actuaciones judiciales.

ACUERDAN

Primero.-El Ministerio de Justicia se compromete a redactar el proyecto de reparación del inmueble referenciado en el exponente III, así como a la contratación y ejecución de las obras de emergencia.

Segundo.-El presupuesto de ejecución de la obra de emergencia se estima en un mínimo de 46.000.000 de pesetas, con cargo al concepto presupuestario 13.02.142A.620.02 del Ministerio de Justicia.

De este importe:

El Principado de Asturias, con cargo al presupuesto de 1997, aportará 15.000.000 de pesetas que transferirá al Tesoro Público a los fines de generación de crédito por parte del Ministerio de Justicia.

Con independencia de lo anterior, es preciso extender las labores de recuperación a zonas interiores del edificio, también afectadas por el citado atentado cuyo importe asciende a 88.565.256 pesetas más 3.150.000 pesetas de honorarios por redacción del proyecto, cuantías éstas que asumirá en su totalidad el Ministerio de Justicia.

Tercero.-La duración del presente Convenio será el del plazo de ejecución de las obras de emergencia.

Cuarto.-Las cuestiones que se susciten sobre la interpretación y cumplimiento del presente Convenio tendrán carácter administrativo y serán resueltas en vía administrativa por una Comisión de Seguimiento paritaria de ambas Administraciones, constituida por dos representantes del Principado de Asturias y dos representantes del Ministerio de Justicia. Contra las resoluciones que pongan fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

De conformidad con cuanto antecede, en ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes y obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben por duplicado el presente Convenio en la fecha y lugar indicados.-Por el Ministerio de Justicia, José Luis González Montes.-Por el Principado de Asturias, José Ramón García Cañal.

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