En el recurso contencioso-administrativo número 296/1990, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por don Juan Carlos Vicente Ochoa Blanco-Recio, contra Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 29 de febrero de 1988 y 3 de julio de 1989, se ha dictado, con fecha 16 de noviembre de 1991, por el citado Tribunal, sentencia confirmada por el Tribunal Supremo en grado de apelación, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso 296/1990 interpuesto por don Juan Carlos Vicente Ochoa Blanco-Recio, contra el acuerdo de desestimación del recurso de reposición deducido frente a la Resolución de 29 de febrero de 1988, del Registro de la Propiedad Industrial, que concedió la inscripción de la transferencia 3001/1987, a favor de "Aspi, Sociedad Limitada", y a que se contrae la presente litis, por ser ajustados a Derecho. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de julio de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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