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Documento BOE-A-1997-2034

Resolución de 13 de enero de 1997, de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, por la que se dispone la delegación de competencias del secretario de Estado en materia económica y de contratación.

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 1 de febrero de 1997, páginas 3248 a 3248 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1997-2034
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1997/01/13/(1)

TEXTO ORIGINAL

En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y las competencias como órgano de contratación de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, que me atribuye el artículo 12.1 de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, he resuelto:

1. Delegar en el Subsecretario de Asuntos Exteriores, en el ámbito de esta Secretaría de Estado, las facultades siguientes:

a) Disponer los gastos y celebrar y firmar en nombre del Estado los contratos, convenios de colaboración y cooperación necesarios para el desarrollo de las competencias de la Secretaría de Estado y su funcionamiento.

b) Interesar del Ministerio de Economía y Hacienda la ordenación de los pagos correspondientes a los gastos de la Secretaría de Estado, así como aprobar los expedientes de ejercicios cerrados.

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el precedente apartado primero, se delegan en los Directores generales de Relaciones Económicas y de Relaciones Culturales y Científicas, en el ámbito de las atribuciones de esta Secretaría de Estado y de las respectivas Direcciones Generales, las siguientes competencias:

a) La disposición de los gastos que no excedan de 25.000.000 de pesetas.

b) La celebración y firma de los contratos que no excedan de 25.000.000 de pesetas.

3. Sin perjuicio de lo determinado en los apartados anteriores, se delegan en el Director general del Servicio Exterior las siguientes competencias:

a) Disponer los gastos y celebrar y firmar en nombre del Estado los contratos, convenios de colaboración y cooperación necesarios para el desarrollo de las competencias de la Secretaría de Estado y su funcionamiento, cuyo importe no exceda de 50.000.000 de pesetas.

b) Interesar del Ministerio de Economía y Hacienda la ordenación de los pagos correspondientes a los gastos de la Secretaría de Estado, así como aprobar los expedientes de ejercicios cerrados, cuyo importe no supere los 50.000.000 de pesetas.

4. La delegación de competencias a que se refiere la presente Resolución se entiende sin perjuicio de que el Secretario de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica pueda recabare para sí, en cualquier momento, el conocimiento y resolución de los asuntos comprendidos en la misma, conforme determina el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5. En los actos o resoluciones que se dicten en ejercicio de las delegaciones establecidas en la presente Resolución se hará constar expre samente esta circunstancia, considerándose dictados a todos los efectos por la autoridad delegante.

6. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 13 de enero de 1996.-El Secretario de Estado, Fernando María Villalonga Campos.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 13/01/1997
  • Fecha de publicación: 01/02/1997
  • Fecha de entrada en vigor: 02/02/1997
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores:
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Asuntos Exteriores
  • Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica

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