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Documento BOE-A-1997-19774

Orden de 27 de agosto de 1997 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en el recurso contencioso-administrativo número 547/1997, interpuesto por don Eduardo Faus Casanova, en representación de don Antonio Cardo Más y 22 más.

Publicado en:
«BOE» núm. 219, de 12 de septiembre de 1997, páginas 27138 a 27138 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1997-19774

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 547/1997, interpuesto por don Eduardo Faus Casanova, en representación de don Antonio Cardo Más y 22 más, contra Resoluciones de este Ministerio de 20 de diciembre de 1993, desestimatorias de los recursos de alzada interpuestos contra las Resoluciones de la Dirección Provincial del Departamento en Valencia, sobre retasación y reversión de terrenos, se ha dictado con fecha 22 de mayo de 1996, por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que debemos declarar y declaramos la inadmisibilidad del recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Antonio Cardo Más, doña Filomena Villar Goda, doña Filomena Tena Villar, doña María Julia Tena Villar, don Ángel Rausell Beltrán, don José Navarro Roig, doña Rosario Rodríguez Soriano, don Gaspar Lluesma Pérez, don Vicente Burgos Ruiz, don José Soriano Aguilar, don Antonio Alcacer Alegre, don José Aguilar Izquierdo, don José Cucart Montañana, don Francisco Caballer Cardo, don José Alonso Pardos, don Vicente Ávila Esteve, doña Josefina Ávila Esteve, don José Huerta Rel, doña Consuelo Piñol Esteve, doña Pilar Climent Ávila, doña Ana María Soriano Izquierdo, doña María García Clemente y don Joaquín Monfort Salvador, contra las Órdenes del Ministerio de Industria y Energía de 20 de diciembre de 1993, por las que se desestiman los recursos de alzada deducidos contra las resoluciones de la Dirección Provincial de Valencia, sobre retasación y reversión de los terrenos expropiados para la construcción de la IV Planta Siderúrgica Integral de Sagunto, todo ello sin expresa condena en costas. Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

La anterior Sentencia es firme al haberse desistido del recurso de casación número 6.635/1996, interpuesto contra ella.

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de agosto de 1997.-P. D. (Orden de 17 de mayo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 23), el Subsecretario, Pedro Ferreras Díez.

Ilmo. Sr. Subsecretario de este Departamento.

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