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Documento BOE-A-1997-19578

Resolución de 20 de agosto de 1997, de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, dictada en el recurso contencioso-administrativo número 03/0002054/94, interpuesto por la Procuradora doña María del Carmen Iglesias Saavedra, en nombre y representación de don Juan Ramón Rodríguez Arnela y don Lorenzo López López.

Publicado en:
«BOE» núm. 216, de 9 de septiembre de 1997, páginas 26816 a 26816 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1997-19578

TEXTO ORIGINAL

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, el recurso número 03/0002054/94, interpuesto por la Procuradora doña María del Carmen Iglesias Saavedra, en nombre y representación de don Juan Ramón Rodríguez Arnela y don Lorenzo López López, contra Resolución de 10 de noviembre de 1993, del entonces Director general de Administración Penitenciaria, por la que se les declara a los recurrentes autores disciplinariamente responsables de una falta grave, imponiéndoles respectivamente a cada uno de ellos la sanción de dos años y tres años de suspensión de funciones, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia de 18 de abril de 1997, cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos: Primero.-Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso número 03-2054/94, interpuesto por la representación de don Juan Ramón Rodríguez Arnela y don Lorenzo López López, contra las resoluciones del Ministerio de Justicia e Interior descritas en el primer fundamento de derecho, que se confirman por ajustarse al ordenamiento jurídico.

Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas.»

En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.

Lo que digo a V.I., para su conocimiento y efectos.

Madrid, 20 de agosto de 1997.-El Director general, Ángel Yuste Castillejo.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.

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