Está Vd. en

Documento BOE-A-1997-18996

Orden de 31 de julio de 1997 por la que se autoriza a determinados centros docentes públicos a implantar anticipadamente las enseñanzas de Educación Secundaria para personas adultas conducentes al título de Graduado en Educación Secundaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 205, de 27 de agosto de 1997, páginas 25763 a 25763 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-18996

TEXTO ORIGINAL

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, en su artículo 52, prevé que las personas adultas que quieran adquirir conocimientos equivalentes a la Educación Básica contarán con una oferta adaptada a sus condiciones y necesidades, y aquellas que tengan el título de Graduado Escolar puedan acceder a programas o centros docentes que les ayuden a alcanzar la formación básica prevista en dicha Ley, para la Educación Secundaria Obligatoria.

El Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, modificado por el Real Decreto 535/1993, de 12 de abril («Boletín Oficial del Estado» de 4 de mayo), establece que las administraciones educativas podrán disponer la implantación anticipada de la Educación Secundaria Obligatoria en un número determinado de centros.

Por otra parte, y con el fin de adaptar la oferta de la Educación Secundaria Obligatoria a las condiciones, necesidades e intereses de las personas adultas, se han dictado la Orden de 17 de noviembre de 1993 («Boletín Oficial del Estado» del 25) por la que se establecen las líneas básicas para el desarrollo del currículo de enseñanzas conducentes al título de Graduado en Educación Secundaria para las Personas Adultas; la Orden de 7 de julio de 1994 («Boletín Oficial del Estado» del 13) por la que se regula la implantación anticipada de las enseñanzas de Educación Secundaria para Personas Adultas, y la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, de 19 de julio de 1994 («Boletín Oficial del Estado» del 11 de agosto), por la que se establecen orientaciones para la distribución de objetivos, contenidos y criterios de evaluación para cada uno de los módulos en los que se estructura el currículo de la Educación Secundaria para Personas Adultas.

De acuerdo con todo lo anterior, dispongo:

Primero.-Autorizar los centros docentes públicos de Educación de Personas Adultas, que se relacionan a continuación, para impartir anticipadamente a partir del curso 1997/1998 las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria:

Badajoz

Centro Público de Educación de Personas Adultas «Abril». Avenida Colón, 15. 06005 Badajoz.

Madrid

Subdirección Territorial de Madrid-Centro.

Centro Público de Educación de Personas Adultas «José Luis Sampedro». Calle Nuestra Señora Valverde, 4. 28034 Madrid.

Subdirección Territorial de Madrid-Norte.

Instituto de Educación Secundaria «Marqués de Santillana». Colmenar Viejo (Madrid).

Subdirección Territorial de Madrid-Este.

Centro Público de Educación de Personas Adultas «Don Juan I». Calle Daoíz y Velarde, 9. 28807 Alcalá de Henares (Madrid).

Palencia

Centro Público de Educación de Personas Adultas «San Jorge». Calle Doña Urraca, 9. 34005 Palencia.

Segundo.-Para la impartición de las enseñanzas que se autorizan las respectivas Direcciones Provinciales deberán destinar las dotaciones de profesorado mínimas necesarias, mediante la correspondiente redistribución de sus efectivos.

Tercero.-La Dirección General de Formación Profesional y Promoción Educativa podrá dictar cuantas Resoluciones estime oportunas, en el ámbito de sus competencias, para el cumplimiento y aplicación de esta Orden.

Cuarto.-Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 31 de julio de 1997.-P.D. (Orden de 1 de marzo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 2), el Director general de Formación Profesional y Promoción Educativa, Antonio Peleteiro Fernández.

Ilmos. Sres. Directores generales de Formación Profesional y Promoción Educativa, de Coordinación y de la Alta Inspección y de Centros Escolares.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid