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La SAT número 8.697 «Royal», de La Rinconada (Sevilla), cuyo ámbito de actuación es superior al de una Comunidad Autónoma fue reconocida como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas según el Reglamento (CE) número 1.035/1972, el 21 de diciembre de 1990, e inscrita en el Registro de Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas con el número 293. Esta entidad ha solicitado el reconocimiento como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas, según lo establecido en el artículo 11 del Reglamento (CE) número 2.200/1996, del Consejo, de 28 de octubre, y la Orden de 30 de abril de 1997.
Considerando que cumple con las condiciones exigidas en la normativa que regula el reconocimiento de estas organizaciones, resuelvo:
Primero.-Conceder el reconocimiento como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas, para la categoría de productos I: (Frutas y Hortalizas), conforme a lo establecido en el artículo 11 del Reglamento (CE) número 2.200/1996, del Consejo, de 28 de octubre, y la Orden de 30 de abril de 1997 a la SAT número 8.697 «Royal», de La Rinconada (Sevilla).
Segundo.-Que se inscriba en el Registro de Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas a la SAT número 8.697 «Royal», de La Rinconada (Sevilla), para la categoría de productos I (frutas y hortalizas).
Tercero.-Que se continúe asignando, hasta su expiración, como derechos adquiridos las ayudas contempladas en el artículo 14 del Reglamento (CEE) número 1.035/1972, en aplicación del artículo 53 del Reglamento (CE) número 2.200/1996.
Madrid, 22 de julio de 1997.-El Director general, Rafael Milán Díez.
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