La disposición derogatoria del Real Decreto 2193/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas básicas para el acceso y la provisión de puestos de trabajo en el Cuerpo de Inspectores de Educación y la integración en el mismo de los actuales Inspectores, mantiene la vigencia del artículo 17 del Real Decreto 1524/1989, de 15 de diciembre, respecto de los funcionarios a que se refieren las disposiciones transitorias segunda y tercera del citado Real Decreto.
Por Orden de 14 de junio de 1993, tras su selección por concurso de méritos, los funcionarios docentes relacionados en el anexo I, fueron adscritos a la función inspectora educativa. Transcurridos los tres años de adscripción en el ejercicio de la función inspectora, los citados funcionarios solicitaron su continuidad, para lo cual se ha llevado a cabo la valoración de su trabajo por la Comisión de Valoración nombrada por resolución de la Dirección General de Coordinación y de la Alta Inspección, de fecha 19 de julio de 1996 («Boletín Oficial del Ministerio de Educación y Cultura» de 5 de agosto).
Vista la propuesta elevada por la Dirección General de Coordinación y de la Alta Inspección,
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Proceder a renovar la adscripción a la función inspectora educativa a los funcionarios que se relacionan en el anexo.
Segundo.-De acuerdo con la disposición transitoria segunda del Real Decreto 2193/1995, de 28 de diciembre, procede, por tanto, integrarlos en el Cuerpo de Inspectores de Educación, con efectos de 1 de septiembre de 1997.
Tercero.-A los solos efectos de determinar su antigüedad en el Cuerpo de Inspectores de Educación, se les reconoce la fecha de acceso como docentes a la función inspectora, de conformidad con las disposiciones de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio.
Cuarto.-Contra la presente Orden los interesados podrán interponer, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», recurso contencioso-administrativo según lo establecido en el artículo 37 de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y el artículo 10 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992.
Madrid, 28 de julio de 1997.-P. D. (Orden de 1 de marzo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 2), la Directora general de Personal y Servicios, Carmen González Fernández.
ANEXO
Número de Registro
de Personal / Apellidos y nombre
0693289546 A0510 / Alvarado Corrales, María Isabel.
1057455002 A0510 / Alonso Megido, Genaro.
1052760102 A0510 / Sánchez Álvarez, María del Carmen.
1677956924 A0510 / Aldea Llorente, María Belén.
0065960524 A0510 / Vega Cuesta, María Jesús.
5041193468 A0510 / Rojas Martínez, María Paz.
4173069457 A0510 / Pons Pons, Jaime.
5065363913 A0510 / Hernández Sánchez, Alberto.
1015353024 A0510 / Álvarez Álvarez, José.
0653604224 A0510 / Gutiérrez Matesanz, María Rosario.
0283415302 A0510 / García Castro, María Dolores.
4140109368 A0510 / Colom Vich, Montserrat.
0069665513 A0510 / Reyzábal Rodríguez, María Victoria.
1003560457 A0510 / Torres Cabo, Antonio.
0218337002 A0510 / Ruiz Sáenz de Miera, Antonio.
1587582835 A0510 / Matute Álvarez, Purificación.
0916133957 A0510 / Gálvez Díaz, Diego José.
1768621146 A0510 / Cortés Arrese, Eugenio Ramón.
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