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Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 7 de mayo de 1997, por la Sección Quinta de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo número 5/1.416/1995, promovido por don Benjamín Abaga Biye, contra Resolución presunta de este Ministerio, desestimatoria por silencio administrativo del recurso de reposición formulado sobre sanción disciplinaria, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Benjamín Abaga Biye, en su propio nombre, contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, del recurso de reposición promovido frente a la Resolución del Ministerio de Sanidad y Consumo de 4 de junio de 1991, que impuso al recurrente la sanción de suspensión de empleo y sueldo durante seis meses por la comisión de tres faltas graves, debemos anular y anulamos las Resoluciones impugnadas por no ser conformes con el ordenamiento jurídico, dejando sin efecto la sanción impuesta por las mismas, sin hacer expresa imposición de costas.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley Reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso- Administrativo.
Madrid, 17 de julio de 1997.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
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