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Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha 5 de mayo de 1997, por la Sección Bis de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo número 9/1.101/96, promovido por doña Olga Cornejo Pérez contra resolución expresa de este Ministerio, por la que se confirma en reposición la sanción disciplinaria impuesta a la recurrente, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que con estimación parcial del recurso interpuesto por la Procuradora señora Iribarren Cavallé, en representación de doña Olga Cornejo Pérez, debemos anular y en parte anulamos por contrarias a Derecho las Resoluciones recurridas, sustituyendo la sanción de seis meses de suspensión de empleo y sueldo por otra de un mes de suspensión de empleo y sueldo, sin costas.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley Reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso- Administrativo.
Madrid, 4 de julio de 1997.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
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