En el recurso contencioso-administrativo número 576/1995, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Hijos de Rainera Pérez Marín, Sociedad Anónima», contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fechas 4 de enero y 3 de noviembre de 1994, se ha dictado, con fecha 30 de enero de 1997 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora señora Corujo, en representación de la entidad "Hijos de Rainera Pérez Marín, Sociedad Anónima", contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 4 de enero de 1994, confirmada en reposición por la de 3 de noviembre de 1994, que concedió la inscripción de la marca número 1.651.241 "Viña Perguita" para amparar productos de la clase 33 del Nomenclátor, en concreto bebidas alcohólicas (con excepción de cervezas), debemos declarar y decla ramos las mencionadas resoluciones ajustadas a Derecho; sin hacer especial imposición de las costas causadas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de junio de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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