En el recurso contencioso-administrativo número 316/1995, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Danone, Sociedad Anónima», contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fechas 15 de septiembre de 1993 y 6 de octubre de 1994, se ha dictado, con fecha 14 de febrero de 1997 por el citado Tribunal, sentencia, contra la que se ha interpuesto recurso de casación, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por "Danone, Sociedad Anónima", contra acuerdo de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 6 de octubre de 1994, desestimando recurso de reposición contra la concesión de la marca internacional 561.518 "Bio-Springer", por ser acto ajustado a Derecho que confirmamos; sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de junio de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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