Visto por la Sala de de lo Contencioso-Administrativo (Sección Séptima) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el recurso número 3136/1994, interpuesto por don Ángel Clemente Rincón García-Velasco, contra desestimación por silencio administrativo de solicitud dirigida a la Directora del Centro Penitenciario de Mujeres de Carabanchel el 9 de diciembre de 1993, sobre acceso a documentación, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Séptima) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha dictado sentencia de 18 de abril de 1997, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que debemos declarar y declaramos la inadmisibilidad del recurso número 3136/1994, interpuesto por don Ángel Clemente Rincón García-Velasco, contra la resolución presunta a que se refiere el encabezamiento; sin costas.»
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 25 de junio de 1997.-El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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