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Documento BOE-A-1997-16652

Resolución de 2 de julio de 1997, de la Dirección General de Enseñanza Superior, por la que se autorizan prolongaciones de estancias de Profesores extranjeros en régimen de sabático en centros de investigación españoles en el marco del Programa Sectorial de Promoción General del Conocimiento.

Publicado en:
«BOE» núm. 176, de 24 de julio de 1997, páginas 22778 a 22779 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-16652

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación de 15 de mayo de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de junio) se convocaba la presentación de solicitudes de subvención para el perfeccionamiento y movilidad temporal de personal investigador y otras acciones del Programa Sectorial de Promoción del Conocimiento.

Al amparo del punto 4.2 del anexo I de la mencionada resolución de convocatoria, se han recibido escritos de solicitud de prolongación de estancias.

De conformidad con lo establecido en el punto 7.1 de la Resolución mencionada, la Comisión de selección ha realizado la segunda parte del proceso de evaluación y selección.

Dicha Comisión, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias y a la vista de los informes de la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva, ha acordado elevar al Director general de Enseñanza Superior la propuesta de financiación de las prolongaciones que figuran en el anexo I, así como la propuesta de denegación de las que figuran en el ane- xo II.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la resolución de convocatoria, he acordado:

1. La concesión de las subvenciones relacionadas en el anexo I a los organismos que se señalan destinadas a la financiación de la prolongación de estancias en régimen de sabático.

El gasto será imputado al crédito 18.07.781 del Programa 541A de los Presupuestos Generales del Estado, desglosado en los ejercicios presupuestarios siguientes:

Anualidad 1997: 1.550.000 pesetas.

Anualidad 1998: 310.000 pesetas.

Total: 1.860.000 pesetas.

El pago efectivo de las subvenciones para el ejercicio de 1998, queda supeditado a la aprobación de los correspondientes créditos en los Presupuestos Generales del Estado.

Los organismos perceptores de las subvenciones presentarán certificación que acredite que sus importes se han incorporado a su contabilidad, en el plazo de tres meses a contar desde su percibo.

Las subvenciones quedarán afectas a los fines para los que se otorgan. De su correcta utilización responderán los organismos perceptores, dentro de los tres meses siguientes a la terminación de las acciones, de la siguiente forma:

Con certificación que la acredite, los organismos sujetos a fiscalización por el Tribunal de Cuentas.

Con justificantes originales, los no sujetos a esa fiscalización.

2. La denegación de las prolongaciones que se indican en el ane xo II.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación que establece el artículo 58.1 de la Ley de 27 de diciembre de 1956, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, previa comunicación a que se refiere el artículo 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según dispone la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en su artículo 57.2.f).

Madrid, 2 de julio de 1997.-El Director general, Alfonso Fernández-Miranda Campoamor.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Formación y Promoción del Conocimiento.

ANEXO I

Universidad Rovira i Virgili

Centro: Facultad de Letras

Referencia: SAB1995-0314P. Invitado: Sahnouni, Mohamed. Receptor: Carbonell i Roura, Eudaldo. Fecha inicio: 1997-08-01. Fecha final: 1998-01-31. Número de meses: Seis. Dotación mensual: 310.000 pesetas. 1997: 1.550.000 pesetas. 1.998: 310.000 pesetas. Subvención: 1.860.000 pesetas.

ANEXO II

Consejo Superior de Investigaciones Científicas

Centro: Instituto de Ciencia de Materiales de Barcelona (ICMB)

Referencia: SAB1995-0327P. Invitado: Vlassov, Mikhail. Receptor: Fuertes Miguel, Amparo. País: Rusia.

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