La entidad «Le Mans Seguros España, Sociedad Anónima, Compañía de Seguros y Reaseguros», inscrita en el Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras, previsto en el artículo 74 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, ha presentado, en la Dirección General de Seguros, solicitud de autorización para operar en el ramo de Defensa Jurídica, número 17 de la clasificación establecida en la disposición adicional primera de la citada Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
De la documentación que adjunta la entidad a la solicitud formulada se desprende que «Le Mans Seguros España, Sociedad Anónima, Compañía de Seguros y Reaseguros», ha dado cumplimiento a lo establecido en la legislación vigente.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros, he resuelto autorizar a la entidad «Le Mans Seguros España, Sociedad Anónima, Compañía de Seguros y Reaseguros», para operar en el ramo de Defensa Jurídica, número 17 de la clasificación establecida en la disposición adicional primera de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 11 de junio de 1997.-P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Cristóbal Montoro Romero.
Ilma. Sra. Directora general de Seguros.
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