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Documento BOE-A-1997-15149

Resolución de 16 de junio de 1997, de la Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo, por la que se ordena la publicación del Convenio entre el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, el Ministerio de Cultura, el Instituto de Turismo de España del Ministerio de Comercio y Turismo, el Gobierno de las Islas Baleares, el Consejo Insular de Menorca y los Ayuntamientos de Alayor, Ciutadella, Es Castell, Es Migjorn, Ferreries, Mahón, Mercadal y Sant Lluis, para el desarrollo del Turismo cultural en la isla de Menorca.

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 8 de julio de 1997, páginas 21043 a 21046 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1997-15149

TEXTO ORIGINAL

Suscrito previa tramitación reglamentaria, entre el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, el Ministerio de Cultura, el Instituto de Turismo de España del Ministerio de Comercio y Turismo, el Gobierno de las Islas Baleares, el Consejo Insular de Menorca y los Ayuntamientos de Alayor, Ciutadella, Es Castell, Es Migjorn, Ferreries, Mahón, Mercadal y Sant Lluis, en fecha 12 de febrero de 1996, un Convenio de Colaboración para el Desarrollo del Turismo Cultural en la isla de Menorca, y en cumplimiento de lo establecido en el punto noveno del Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1980 («Boletín Oficial del Estado» del 16 de marzo de 1992), procede la publicación del mencionado Convenio que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 16 de junio de 1997.-El Director general, Fernando Nasarre y de Goicoechea.

ANEXO

Acuerdo de Cooperación entre el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, el Ministerio de Cultura, el Instituto de Turismo de España del Ministerio de Comercio y Turismo, el Gobierno de las Islas Baleares, el Consejo Insular de Menorca, y los Ayuntamientos de Alayor, Ciutadella, Es Castell, Es Migjorn, Ferreries, Mahón, Mercadal y Sant Lluis, para el desarrollo del Turismo cultural en la isla de Menorca

Reunidos en Madrid a doce de febrero de mil novecientos noventa y seis.

De una parte, el excelentísimo señor don José Borrell Fontelles, Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, en virtud de las facultades delegadas por el Gobierno de la Nación.

De otra, la excelentísima señora doña Carmen Alborch Bataller, Ministra de Cultura, en virtud de las facultades delegadas por el Gobierno de la Nación.

De otra, el honorable Consejero don Bartolomé Rotger i Amengual, Consejero de Cultura, Educación y Deportes del Gobierno Balear, en representación del Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

De otra, el ilustrísimo señor don Miguel Góngora Benítez de Lugo, Secretario general de Turismo del Ministerio de Comercio y Turismo.

De otra, el ilustrísimo señor don Cristóbal Triay Humbert, Presidente del Consejo Insular de Menorca, en virtud de las competencias que tiene atribuidas.

De otra, don Antonio Gómez Arbona, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alayor.

De otra, don Gabriel Alles Vázquez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Ciutadella.

De otra, doña María Borras Anglada, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Es Castell.

De otra, don Manuel Triay Barber, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Es Migjorn.

De otra, don Onofre Janer Coll, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Ferreries.

De otra, don Arturo Bagur Mercadal, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Mahón.

De otra, don Antonio Pons Fuxa, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Mercadal.

De otra, don Francisco Pons Olives, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Sant Lluis.

Actuando todos en razón de sus respectivos cargos y competencias, y reconociéndose poderes y facultades para formalizar el presente Acuerdo

EXPONEN

Que consideran el turismo como un sector relevante de la actividad económica de la isla de Menorca y que para su desarrollo, con una elevación de su productividad social y económica que asegure su sostenibilidad, es necesario un aumento en la diversidad y la calidad de los servicios y bienes que se ofertan, así como una mejora del entorno ambiental, acciones que procurarían la excelencia como destino turístico de la isla de Menorca. En este sentido, la isla cuenta con un importante patrimonio arqueológico-histórico y natural, de elevado potencial turístico, cuya puesta en valor requiere de actuaciones para su rehabilitación, su configuración como producto turístico y una ordenación de su utilización que asegure su conservación.

Que el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, a través de la Dirección General para la Vivienda, el Urbanismo y la Arquitectura, dispone de un programa de actuación en el patrimonio arquitectónico de titularidad pública, cuya finalidad, entre otras, va dirigida a su puesta en valor a través de la realización de obras de conservación, mejora y rehabilitación sobre el mismo.

Que el Ministerio de Cultura está desarrollando el proyecto de puesta en marcha del Museo de Menorca, como centro que ayude a la comprensión de los procesos culturales que se han producido en Menorca a lo largo de la historia. Que este Museo, aunque de titularidad estatal, tiene traspasada su gestión al Gobierno Balear de acuerdo con el Real Decreto 3040/1983 sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en materia de cultura.

Que el Ministerio de Comercio y Turismo ha elaborado el Plan Marco de Competitividad del Turismo Español (Plan Futures), que persigue diversos objetivos sociales, económicos y medioambientales, tendentes a conseguir la mejora de la competitividad del sector turístico español y la excelencia turística.

Que el Gobierno Balear, a través de la Consejería de Cultura, tiene entre sus competencias la de la tutela del patrimonio histórico, artístico y monumental de las Baleares, en general, y la gestión del Museo de Menorca en particular.

Que el Consejero Insular de Menorca tiene transferidas las competencias de gestión y tutela del patrimonio histórico de la isla.

Que los Ayuntamientos de la isla tienen en sus términos municipales importantes recursos turísticos y patrimoniales cuya protección y promoción consideran de vital importancia para su futuro económico y medioambiental.

Que el Instituto de Turismo de España y el Consejo Insular de Menorca celebraron un Convenio, el 30 de octubre de 1995, con el objeto de recuperar y poner en valor como producto turístico diversos bienes histórico-artísticos; actuaciones que se consideran de interés para los fines buscados con el presente Convenio.

Que la experiencia de los últimos años ha venido demostrando la eficacia de la cooperación entre los agentes que actúan en el sector para la mejora de los destinos turísticos, a través de su corresponsabilidad y coordinación.

Por todo lo cual, todas las partes

ACUERDAN

Primero.-El objeto del presente Acuerdo es el establecimiento de las bases que han de presidir el Programa de Cooperación para el Desarrollo del Turismo cultural en Menorca mediante la realización y coordinación de actuaciones tendentes a la puesta en valor del patrimonio histórico-artístico y natural de la isla, y su integración como producto turístico. Esta cooperación no supondrá, en ningún caso, renuncia a las competencias propias de las administraciones intervinientes.

Segundo.-Durante los años 1996, 1997 y 1998, se ejecutarán los proyectos que más adelante se relacionan, y cuya concreción para cada ejercicio, mediante su desglose en subproyectos con su correspondiente valoración económica, se efectuará en protocolos complementarios.

Los proyectos a ejecutar, tendrán alguna de las siguientes finalidades:

La recuperación del patrimonio histórico-artístico de la isla mediante su acondicionamiento o rehabilitación.

La puesta en valor de este patrimonio y la facilitación de su accesibilidad al público.

El fomento y la promoción de los elementos culturales de la isla.

La conformación e integración de los recursos histórico-artísticos y culturales, así como de los naturales, como producto turístico.

Los proyectos a ejecutar serán los siguientes:

a) Elaboración de un inventario de recursos y un plan estratégico para el desarrollo sostenible del turismo cultural.

b) Museo de Menorca: Actuaciones pendientes para su apertura al publico.

c) Desarrollo de un programa gráfico con los sistemas de información e interpretación de los recursos y elementos culturales y naturales de la isla.

d) Adquisición de la titularidad, restauración y señalización de la Torre de Fornells. Coste previsto de la adquisición: 10.000.000 de pesetas. Coste previsto de la restauración y señalización: 13.000.000 de pesetas.

e) Consolidación de estructuras, acondicionamiento de itinerarios interiores, estacionamiento de vehículos y señalización del poblado talayótico de Trepucó (Mahón). Coste previsto: 10.000.000 de pesetas.

f) Adquisición, acondicionamiento de itinerarios interiores, restauración y equipamiento informativo del Fuerte de Marlborough (Es Castell). Coste previsto: 13.000.000 de pesetas.

g) Plan director del castillo de San Felipe para su uso turístico cultural y como museo de la historia militar de Menorca.

h) Proyecto de rehabilitación del Lazareto de Mahón.

Tercero.-Dar adecuado cumplimiento a los Acuerdos anteriores, asumiendo las siguientes obligaciones por cada una de las partes:

A) El Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, a través de la Dirección General para la Vivienda, el Urbanismo y la Arquitectura:

1.o Colaborará con los titulares públicos en la rehabilitación de los bienes con interés como patrimonio arquitectónico existentes en la isla, susceptibles de ser utilizados en actividades relacionadas con el turismo cultural.

2.o Prestará asesoramiento y garantizará la calidad medioambiental en las actuaciones que se realicen, cuando afecten al medio físico y puedan producir alteraciones del paisaje natural o construido.

3.o Realizará, en colaboración con el Ayuntamiento de Mahón, las obras de acondicionamiento del entorno urbano del Museo de Menorca.

4.o Pondrá en marcha el plan director del castillo de San Felipe junto con el Consorcio del Museo Militar de Menorca y Patrimonio Histórico Militar del Puerto de Mahón y cala San Esteban, integrado por el Gobierno Balear, el Ministerio de Defensa, el Ayuntamiento de Mahón, el Ayuntamiento de Es Castell y el Consejo Insular de Menorca, para su uso turístico cultural.

5.o Se encargará de la elaboración de un proyecto de rehabilitación del Lazareto de Mahón, que priorice y programe usos, accesibilidad y recursos económicos de inversión, conforme a lo acordado por la Comisión Mixta del 1 por 100 Cultural, a solicitud del Ministerio de Sanidad y Consumo.

6.o Financiará, con una aportación anual de hasta 25.000.000 de pesetas provenientes de fondos del 1 por 100 cultural, los compromisos que pudiera asumir expresamente en los protocolos anuales de desarrollo del Acuerdo.

7.o Cumplirá cualquier otro compromiso que pudiera asumir en los protocolos anuales de desarrollo.

B) El Ministerio de Cultura:

1.o Ejecutará las actuaciones pendientes para la entrada en funcionamiento durante 1996 del Museo de Menorca, de acuerdo con lo convenido con el Gobierno Balear.

2.o Tendrá en cuenta, para la organización y desarrollo de los contenidos gráficos y textuales del museo, la estructuración turística de los recursos histórico-arqueológicos de la isla, coordinándose a este respecto con el Gobierno Balear y el Consejo Insular.

3.o Prestará asesoramiento técnico a las otras partes en lo relativo a patrimonio histórico-artístico para el desarrollo del turismo cultural en la isla durante la vigencia del presente Acuerdo.

4.o Cumplirá cualquier otro compromiso que pudiera asumir en los protocolos anuales de desarrollo del presente Acuerdo.

5.o Tendrá en cuenta los yacimientos arqueológicos propiedad del Ministerio Torre d'en Gaumés (Alayor) y la basílica paleocristiana de Es Fornás de Torelló (Mahón), para que sean objeto de una especial atención, con el objeto de mejorar su percepción y vista por parte del público.

C) El Instituto de Turismo de España:

1.o Prestará asesoramiento técnico al resto de las partes, para el desarrollo del turismo cultural en la Isla, durante la vigencia del Convenio.

2.o En los términos del Convenio de Colaboración para el Desarrollo del Turismo Cultural suscrito con el Consejo Insular de Menorca el 30 de octubre de 1995, financiará con una aportación de hasta 25.000.000 de pesetas, las actuaciones relativas a los proyectos recogidos como a), d), e) y f) en el Acuerdo segundo.

Esta aportación se efectuará en los términos que se fijen en el protocolo correspondiente, y sustituirá a la comprometida en el Convenio de Colaboración de 30 de octubre de 1995 entre Turespaña y el Consejo Insular de Menorca.

3.o En los términos en que se determinen en los protocolos correspondientes, con sujeción a la existencia de crédito presupuestario y habilitación legal para ello, financiará, en los años 1996, 1997 y 1998, las actuaciones que se determinen.

D) La Consejería de Cultura, Educación y Deportes del Gobierno Balear:

1.o Colaborará en las labores de asesoramiento técnico al resto de las partes así como en las de coordinación general de las actuaciones.

2.o Facilitará la utilización de un espacio de la planta baja del Museo de Menorca como posibilidad para instalar un centro de interpretación de los recursos turísticos de carácter cultural de la isla de Menorca.

3.o Asumirá la responsabilidad de la Gestión del Museo de Menorca.

4.o Cumplirá cualquier otro compromiso que pudiera asumir en los protocolos anuales de desarrollo del Convenio.

E) El Consejo Insular de Menorca:

1.o Ejecutará los proyectos a), d), e) y f) del Acuerdo segundo, financiando su coste, menos en la aportación correspondiente al Instituto de Turismo de España.

2.o Se coordinará con el Ministerio de Cultura para la estructuración turística de los recursos histórico-arqueológicos de la isla.

3.o Financiará con una aportación de 25.000.000 de pesetas y en los términos en que se determine en los protocolos anuales, las actuaciones que en ellos se establezcan.

4.o Garantizará la accesibilidad al público, por un período no inferior a treinta años, de los bienes sobre los que haya actuado él, asegurando asimismo su gestión y mantenimiento de conformidad con el Ayuntamiento correspondiente.

5.o Incluirá el logo de Futures-Turespaña en las actuaciones que realice, financiadas por Turespaña.

6.o Cumplirá cualquier otro compromiso que pudiera asumir en los protocolos anuales de desarrollo del Acuerdo.

F) Los Ayuntamientos firmantes:

1.o Ejecutarán las actuaciones que se determinen en los protocolos anuales, aportando la financiación que en ellos se determine.

2.o Garantizarán la accesibilidad al público, por un período no inferior a treinta años, de los bienes sobre los que haya actuado cada uno asegurando asimismo su gestión y mantenimiento durante el mismo plazo de treinta años.

3.o Cumplirán cualquier otro compromiso que pudieran asumir en los protocolos anuales de desarrollo del Convenio.

Cuarto.-Constituir una Comisión de Coordinación para el seguimiento y control del Acuerdo, sin personalidad jurídica, que asumirá las decisiones en materia de realización de las actuaciones, velando por su coherencia interna y asegurando la coordinación entre las partes firmantes.

Atribuciones

Sin perjuicio de sus funciones generales, la comisión de Coordinación podrá ejercer las siguientes:

Aprobar el Plan Estratégico para el desarrollo del Turismo Cultural. Aprobar los protocolos anuales de desarrollo del Acuerdo.

Determinar, valorar y programar las actuaciones a llevar a cabo.

Asegurar la coherencia de las actuaciones y la homogeneidad de los criterios adoptados para llevarlas a cabo.

Velar y asegurar la transparencia en la adjudicación de las actuaciones y proyectos, sin perjuicio de las competencias y potestades de cada parte.

Verificar la ejecución y adecuación de las actuaciones realizadas a los fines perseguidos por el Acuerdo, sin perjuicio de los controles establecidos por cada administración pública para proceder al pago de sus aportaciones económicas.

Adoptar las medidas que sean más adecuadas para la mejor organización y funcionamiento del Acuerdo.

Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran presentarse en el presente Acuerdo.

Composición

Cada parte firmante estará representada, en la Comisión de Coordinación, por una persona y suplente libremente designadas por ella y que podrán ser sustituidas sin mas trámite que el de su comunicación al resto de las partes. Podrán ser invitados a asistir a las reuniones de la Comisión los expertos y funcionarios de las partes firmantes que se consideren oportunos.

Actuará como Secretario la persona que la Comisión designe.

Funcionamiento

La Comisión de Coordinación se reunirá a iniciativa de cualquiera de las partes, con una periodicidad mínima semestral.

Se entenderá válidamente constituida cuando concurran la mitad más uno de sus miembros.

Los Acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta de los miembros de la Comisión de Coordinación.

De cada reunión el Secretario levantará acta que será sometida a aprobación de los miembros en la siguiente reunión que se celebre.

La Comisión de Coordinación podrá crear una Comisión Técnica de ella dependiente, de composición más reducida en cuanto a número de componentes, cinco como máximo, en la que se encuentren representados directamente o por delegación los Organismos siguientes con la convocatoria en cada caso del Ayuntamiento correspondiente: El Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, el Ministerio de Cultura, el Instituto de Turismo de España, el Gobierno Balear y el Consejo Insular de Menorca, la cual se responsabilizará fundamentalmente del seguimiento habitual de las actuaciones de la programación pormenorizada de las mismas y del calendario de ejecución.

Quinto.-Mediante protocolos adicionales se determinarán los subproyectos a emprender cada año y las obligaciones de cada parte. También podrá determinarse la realización de nuevos proyectos para el desarrollo del turismo cultural. Mediante protocolos adicionales podrán también adherirse nuevas entidades y organismos públicos y privados, pudiendo ir dirigidos al desarrollo de aspectos del Acuerdo que no necesariamente deberán implicar a todas las partes.

Sexto.-La duración de este Acuerdo se establece desde su otorgamiento hasta el 31 de diciembre de 1998. No obstante su duración podrá ser prolongada mediante protocolos adicionales para futuras actuaciones.

Séptimo.-El incumplimiento del Acuerdo por algunas de las partes podrá dar lugar a la extinción de los compromisos que se adoptan en él.

Octavo.-El presente Acuerdo tiene naturaleza administrativa. En materia de interpretación, modificación y resolución en general, de las cuestiones no contempladas en él, se aplicarán las normas de Derecho administrativo, cuando así sea necesario.

Noveno.-Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en la interpretación y cumplimiento del presente Acuerdo, sin perjuicio de lo previsto en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, serán de conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo y en su caso del Tribunal Constitucional.

Y en prueba de conformidad firman los presentes, en el lugar y fecha indicada en el encabezamiento.-El Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, el excelentísimo señor don José Borrell Fontelles.-La Ministra de Cultura, la excelentísima señora doña Carmen Alborch Bataller, en representación del Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.-El Consejero de Cultura, Educación y Deporte, el honorable Consejero don Bartolomé Rotger i Amengual.-El Secretario general de Turismo del Ministerio de Comercio y Turismo, el ilustrísimo señor don Miguel Góngora Benítez de Lugo.-El Presidente del Consejo Insular de Menorca, el ilustrísimo señor don Cristobal Triay Humbert.-El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alayor, don Antonio Gómez Arbona.-El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Ciutadella, don Gabriel Alles Vázquez.a Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Es Castell, doña María Borras Anglada.-El Alcalde-Presidente del Ayuntaniento de Es Migjorn, don Manuel Triay Barber.-El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Ferreries, don Onofre Janer Coll.-El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Mahón, don Arturo Bagur Mercadal.-El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Mercadal, don Antonio Pons Fuxa.-El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Sant Lluis, don Antonio Pons Olives.

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