Visto el expediente de indulto de doña Ana Vargas Ruiz, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Cádiz, en sentencia de fecha 18 de mayo de 1995, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor y multa de 1.000.000 de pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1994; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de junio de 1997,
Vengo en conmutar a doña Ana Vargas Ruiz la pena privativa de libertad impuesta por otra de un año de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 16 de junio de 1997.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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