En el recurso contencioso-administrativo número 2.132/1995, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «NCH Corporation», contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 1 de marzo de 1994 y 6 de septiembre de 1995, se ha dictado, con fecha 24 de febrero de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por "NCH Corporation", contra resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 6 de septiembre de 1995, desestimando recurso de reposición contra la que otorgó protección a la marca internacional, 577.127 gráfica, por no ser ajustado a Derecho, que anulamos y dejamos sin efecto, sin costas.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de mayo de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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