En el recurso contencioso-administrativo número 986/1993, seguido a instancias de doña Nieves Zaballos Hernández, contra Resolución del Rector de la Universidad de Salamanca de 17 de agosto de 1993 por la que se deniega la preinscripción en dicha Universidad para cursar estudios del segundo ciclo en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, se ha dictado sentencia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con fecha 19 de septiembre de 1996, cuya parte dispositiva contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Que desestimando el recurso interpuesto por doña María de las Nieves Zaballos Hernández contra la resolución mencionada en el encabezamiento de la sentencia, debemos declarar y declaramos que es ajustada a derecho, sin hacer expreso pronunciamiento en cuanto a las costas procesales causadas.»
En su virtud, este Rectorado, de acuerdo con el artículo 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, dispone ejecutar la sentencia en sus propios términos y disponer su publicación en el «Boletin Oficial del Estado».
Salamanca, 4 de junio de 1997.-El Rector, Ignacio Berdugo Gómez de la Torre.
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