En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto 825/1990, de 22 de junio, sobre derecho de representación, consulta y participación de los consumidores y usuarios a través de sus asociaciones, en la redacción dada al mismo por Real Decreto 2211/1995, de 28 de diciembre, y previos los trámites previstos en la Orden del Departamento de 20 de febrero de 1996, por la que se establece el procedimiento de designación de los miembros del Consejo de Consumidores y Usuarios, a propuesta del Presidente del Instituto Nacional del Consumo se nombra a don Miguel Martínez Tomey como Vocal titular del Segundo Consejo de Consumidores y Usuarios designado por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).
Madrid, 12 de junio de 1997.
ROMAY BECCARÍA
Ilmo. Sr. Presidente del Instituto Nacional del Consumo.
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