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Documento BOE-A-1997-13372

Resolución de 22 de mayo de 1997, de la Universidad de Burgos, por la que se ejecuta, en sus propios términos, la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el recurso contencioso-administrativo número 1.289/1996, promovido por doña María Sonsoles Colorado Araujo y otros.

Publicado en:
«BOE» núm. 146, de 19 de junio de 1997, páginas 19059 a 19059 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1997-13372

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1.289/1996, seguido a instancia de doña María Sonsoles Colorado Araujo, doña Gema Asunción Sicilia Gutiérrez, doña Olga Alonso Olalla, don José Manuel Melgosa Fernández, don Juan Manuel Rojo Martínez, don Carlos Pecharroman Fuente, doña Raquel Cuevas Arce, don José Luis Cuevas Arce, don César Castrillo Arnaiz, don Carlos Javier Lanza Alonso, don Alejandro Vicente Soto y don Francisco Vicente Soto y que versa sobre resolución de la Comisión gestora de la Universidad de Burgos, de fecha 18 de diciembre de 1995, se ha dictado sentencia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con fecha 4 de abril de 1997, cuya parte dispositiva contiene el siguiente pronunciamiento:

«Primero.-Desestimar la causa de inadmisibilidad invocada por la representación procesal de la parte demandada.

Segundo.-Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de doña María Sonsoles Colorado Araujo, doña Gema Asunción Sicilia Gutiérrez, doña Olga Alonso Olalla, don José Manuel Melgosa Fernández, don Juan Manuel Rojo Martínez, don Carlos Pecharroman Fuente, doña Raquel Cuevas Arce, don José Luis Cuevas Arce, don César Castrillo Arnaiz, don Carlos Javier Lanza Alonso, don Alejandro Vicente Soto y don Francisco Vicente Soto, contra las resolu ciones reseñadas en el encabezamiento de esta sentencia y, en consencuencia, declarar que las meritadas resoluciones en cuanto deniegan la solicitud de exección de los precios públicos de matrícula, son conformes a derecho; y ello sin hacer especial imposición de costas.»

En su virtud, este Rectorado de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1989, de 1 de junio, del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Burgos, 22 de mayo de 1997.-El Rector, Marcos Sacristán Represa.

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