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Documento BOE-A-1997-13366

Resolución de 6 de mayo de 1997, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se decide que es innecesario el sometimiento a procedimiento reglado de evaluación de impacto ambiental del proyecto de presa en cola del embalse de Rialb de la Confederación Hidrográfica del Ebro.

Publicado en:
«BOE» núm. 146, de 19 de junio de 1997, páginas 19053 a 19053 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1997-13366

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental y su Reglamento de ejecución aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen la obligación de formular Declaración de Impacto Ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización o, en su caso, autorización de la obra, instalación o actividad de las comprendidas en los anexos a las citadas disposiciones.

Según la documentación remitida, la Confederación Hidrográfica del Ebro, por reivindicación de los Ayuntamientos de la zona de cola del embalse, elaboró en 1993 un Plan de Actuaciones Complementarias en el ámbito social y territorial afectado por el embalse de Rialb. Del citado Plan de Actuaciones, se deduce la conveniencia de realizar una presa en cola del embalse que permita crear un lago artificial estable como solución para evitar en esta zona la banda árida consecuencia de las oscilaciones de la lámina de agua; unos muros de tierra (motas) para disminuir la superficie de inundación de huertas por el embalse de Rialb; y una carretera de comunicación entre ambas márgenes del río, a través de la presa en cola.

Analizada la información recibida, visto que la presa en cola, las motas y la carretera se plantean como modificación del proyecto del embalse de Rialb en construcción, para acometer medidas correctoras, se efectuaron consultas a personas, Instituciones y administraciones con el fin de investigar sobre potenciales impactos indirectos significativos, y se giró visita a la zona. Una breve descripción del proyecto, así como de las consultas realizadas, se describen en el anexo.

Por pertenecer el proyecto a los comprendidos en el punto 12 del anexo II de la Directiva 85/337/CEE, para los cuales el sometimiento a una evaluación de impacto ambiental será preciso cuando los Estados miembros consideren que sus características lo exigen, y dado que tras examinar la documentación remitida, visitar la zona, y efectuar consultas a personas, Instituciones y administraciones, no se observa como resultado de la realización del proyecto, la potencial existencia de impactos ambientales adversos significativos sobre el medio ambiente, la Dirección General de Calidad Ambiental y Evaluación Ambiental resuelve no someter a procedimiento reglado de Evaluación de Impacto Ambiental el «Proyecto de presa en cola del embalse de Rialb».

Madrid, 6 de mayo de 1997.-La Directora general, Dolores Carrillo Dorado.

ANEXO

Descripción del proyecto

El proyecto consiste en la realización de un dique en la cola del embalse de Rialb que estará situada en el vaso del embalse en una zona donde se estrecha el cauce del río Segre, a unos 2,5 kilómetros aguas abajo de la localidad de Oliana, estando la margen derecha en el término municipal de Peramola y la margen izquierda en el término municipal de Oliana.

La cota de máximo nivel de embalse ordinario es la 430,00 metros, la misma que la del embalse de Rialb. Para esa cota el volumen de embalse es de 1,82 hectómetros cúbicos, y la superficie de 74,25 hectáreas. Este nivel no sufrirá variación a lo largo del año. La cota de máximo nivel de embalse extraordinario es la 433,15 metros, para un caudal de 2.903 metros cúbicos/segundo que corresponde a un período de retorno de quinientos años.

La presa se proyecta de hormigón, con cota de coronación 435,70 metros, una altura máxima sobre cimientos de unos 35,50 metros y una altura máxima sobre cauce de unos 15,50 metros.

Se prevé una carretera para comunicación entre ambas márgenes del río Segre, a través de la presa en cola.

Las materias primas para la construcción de una presa, se obtienen del vaso del embalse.

También está prevista una mota de protección de la huerta de Oliana, que disminuirá la superficie de inundación directa de la huerta por el embalse de Rialb.

Consultas sobre el impacto ambiental del proyecto

Respuestas

recibidas / Relación de consultados

Dirección General de la Conservación de la naturaleza. Ministerio de Medio Ambiente / X

Departamento de Medio Ambiente y Ciencias del Suelo. Universidad de Lleida / X

Instituto de Investigación y Desarrollo Agrario. Lleida / -

Generalidad de Cataluña / -

Institut Recerca i Tecnología Agroalimentaria. Barcelona / -

Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca. Generalitat de Catalunya / X

Departamento de Medio Ambiente. Generalitat de Catalunya / X

Sociedad Española de Ornitología / -

Ayuntamiento de Oliana / -

Ayuntamiento de Peramola / -

Las contestaciones recibidas consideran el proyecto como una medida correctora positiva para las afecciones ambientales derivadas de la construcción del embalse de Rialb. Ninguna de las contestaciones recibidas manifiesta consideraciones que puedan indicar la existencia de potenciales impactos adversos significativos.

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