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Documento BOE-A-1997-1283

Acuerdo de 19 de noviembre de 1996, del Consejo de la Sindicatura de Cuentas de la Generalidad Valenciana, por el que se convoca el II Premio de Investigación «Mestre Racional».

Publicado en:
«BOE» núm. 20, de 23 de enero de 1997, páginas 2400 a 2400 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Valenciana
Referencia:
BOE-A-1997-1283

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de la Sindicatura de Cuentas de la Generalidad Valenciana convoca el II Premio de Investigación «Mestre Racional» para trabajos de investigación financiera o contable, relacionados con el sector público; preferentemente orientado a la problemática del control del mismo. El premio se convoca con arreglo a las siguientes bases:

1. Naturaleza de la convocatoria

Se convoca el II Premio de Investigación «Mestre Racional» que se otorgará en el cuarto trimestre de 1997.

2. Publicidad

Esta convocatoria se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de la Generalidad Valenciana».

3. Aspirantes

Podrán concurrir a su obtención tanto personas individuales como equipos de investigación. Estos últimos deberán tener un responsable principal, Director del trabajo, que representará al equipo a todos los efectos.

4. Contenido de los trabajos

Los trabajos que se presenten al Premio deberán ser inéditos y versarán sobre un tema de investigación financiera o contable, relacionado con el sector público; preferentemente orientado a la problemática del control del mismo.

5. Requisitos formales y plazos

5.1 Los trabajos de investigación deberán estar redactados en alguna de las dos lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana.

5.2 Los trabajos deberán estar mecanografiados a doble espacio, en hojas DIN A4, por una sola cara, y su extensión no podrá exceder de 250 páginas, ni de 600.000 caracteres, incluidos el índice y, en su caso, la bibliografía. De cada uno de ellos se presentarán ocho ejemplares.

5.3 La presentación se realizará en la Secretaría General de la Sindicatura de Cuentas de la Generalidad Valenciana, bajo seudónimo, entre las nueve y las catorce horas, desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el «Boletín Oficial del Estado» o en el «Diario Oficial de la Generalidad Valenciana», hasta las catorce horas del día 15 de septiembre de 1997. Se acompañará de un sobre cerrado, en cuyo interior figurará el nombre y la dirección del autor o autores. En el exterior de dicho sobre, escrito a máquina, se hará constar el seudónimo, título del trabajo y premio al que se presenta. El sobre no contendrá dato o circunstancia alguna que permita inducir la identidad del autor. Estos sobres quedarán bajo custodia notarial hasta el momento de su apertura, después de hacerse pública la resolución del Jurado.

5.4 Finalizado el plazo de presentación y dentro de los quince días siguientes, se publicará en el tablón de anuncios de la Sindicatura de Cuentas una relación de los trabajos presentados y sus correspondientes seudónimos.

6. Jurado

6.1 El Jurado, presidido por el Síndico Mayor de la Sindicatura de Cuentas de la Generalidad Valenciana, estará formado por un número de miembros que oscilará entre siete y diez, designados por el Consejo de la Sindicatura de Cuentas entre investigadores, técnicos y personalidades relevantes en las materias objeto de la presente convocatoria.

6.2 Actuará como Secretario del Jurado, con voz pero sin voto, el Secretario general de la Sindicatura de Cuentas de la Generalidad Valenciana.

6.3 El Jurado podrá requerir el asesoramiento de especialistas de reconocido prestigio en las materias que deban ser objeto de examen y deliberación.

7. Cuantía del premio

7.1 El premio tendrá una dotación económica de 1.500.000 pesetas.

7.2 Si el Jurado decidiera declararlo desierto, se podrán conceder hasta dos accésit de 500.000 pesetas cada uno.

8. Publicación

8.1 La Sindicatura se reserva la posibilidad de editar íntegramente y en exclusiva el trabajo o los trabajos premiados, en el plazo de los dieciocho meses siguientes a la resolución del Jurado, sin satisfacer por ello cantidad alguna en concepto de derechos de autor. Transcurrido dicho plazo, el autor o autores podrán editarlo por su cuenta.

8.2 En cualquier caso, se hará constar en la portada la circunstancia de haber sido galardonado con el premio.

8.3 La Sindicatura de cuentas no tendrá derecho alguno de publicación sobre los trabajos no premiados.

9. Requisitos

La participación en la presente convocatoria implica la aceptación íntegra de sus bases y de la decisión del Jurado, al que corresponderá resolver cuantas dudas y reclamaciones se presenten; sus decisiones serán inapelables.

Valencia, 19 de noviembre de 1996.-El Síndico Mayor, Vicente Montesinos Julve.

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