La Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado sentencia, con fecha 29 de enero de 1997, en el recurso contencioso-administrativo número 1.505/1995, en el que son partes, de una, como demandante don José Guardiola Guardiola, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 6 de julio de 1995, que desestimaba el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 15 de marzo de 1995, sobre baja en la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Que estimando el recurso interpuesto por don José Guardiola Guardiola, contra los actos administrativos referidos en el primer fundamento de esta sentencia, declaramos la nulidad de los mismos, y en su lugar declaramos, también, el derecho del actor a continuar afiliado a la MUFACE, teniéndole por cotizado el tiempo desde la baja, hasta el efectivo cumplimiento de la presente resolución. Sin costas.»
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 22 de mayo de 1997.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.
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