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Documento BOE-A-1997-12639

Orden de 22 de mayo de 1997 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo número 1.790/1994, promovido por doña María Beneyto Mira.

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 10 de junio de 1997, páginas 17843 a 17844 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1997-12639

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia, con fecha 18 de febrero de 1997, en el recurso contencioso-administrativo número 1.790/1994, en el que son partes, de una, como demandante, doña María Beneyto Mira, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 6 de septiembre de 1994, que desestimaba el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 28 de febrero de 1994, sobre pensión complementaria de viudedad.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo, interpuesto por el Procurador don Argimiro Vázquez Guillén, en nombre y representación de doña María Beneyto Mira, contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 28 de febrero de 1994, confirmada en recurso ordinario por resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 6 de septiembre de 1994, por las que se reconoció a la actora pensión complementaria de viudedad del integrado Montepío de Funcionarios de la Organización Sindical (AISS), por importe de 2.459 pesetas mensuales y efectos económicos de 1 de noviembre de 1993; debemos declarar y declaramos tales resoluciones ajustadas a derecho. Sin costas.»

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitu ción; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 22 de mayo de 1997.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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