En el recurso contencioso-administrativo número 1/424/1995, interpuesto por la representación legal de la Asociación de Fiscales, contra la resolución del Consejo de Ministros de 2 de junio de 1995, por la que se resolvió no aceptar la propuesta del Fiscal General del Estado para nombrar a don Juan José Barrenechea de Castro Teniente Fiscal de la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional, se ha dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Séptima), con fecha 11 de enero de 1997, sentencia, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que rechazando las causas de inadmisibilidad alegadas por el señor Abogado del Estado, debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la Asociación de Fiscales, por el procedimiento especial de la Ley 62/1978, contra la resolución del Consejo de Ministros de 2 de junio de 1995, por la que se resolvió no aceptar la propuesta del Fiscal General del Estado para nombrar a don Juan José Barrenechea de Castro Teniente Fiscal de la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional, e imponemos a la Asociación de Fiscales el pago de las costas ocasionadas en este proceso.»
El Consejo de Ministros, en su reunión del día 11 de abril de 1997, ha dispuesto, conforme a lo prevenido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.
Madrid, 13 de mayo de 1997.-P. D. (Orden de 1 de octubre de 1993), el Subsecretario, Juan Junquera González.
Ilmos. Sres. Subsecretarios de Ministerio de Justicia y del Departamento.
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