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Documento BOE-A-1997-12290

Orden de 21 de mayo de 1997 por la que se convocan seis premios nacionales de las nuevas modalidades de Bachillerato regulado por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre.

Publicado en:
«BOE» núm. 135, de 6 de junio de 1997, páginas 17485 a 17486 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-12290

TEXTO ORIGINAL

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, establece una nueva regulación del Bachillerato para el alumnado que haya finalizado su período formativo común (Educación Secundaria Obligatoria). Este nuevo Bachillerato se caracteriza por tener distintas modalidades que intentan dar respuesta a las nuevas necesidades formativas más especializadas que exigen tanto el entorno social como el mercado de trabajo y posibilitan al alumnado su incorporación a la vida laboral activa o el acceso a los estudios de formación profesional de grado superior o a los universitarios. Ante la coexistencia de este Bachillerato con el Bachillerato Unificado y Polivalente, resulta necesario incentivar y reconocer la trayectoria académica cualificada, basada en el trabajo, el esfuerzo y la dedicación del alumnado que, habiendo cursado 1.o y 2.o de Bachillerato, regulado por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, ha demostrado un rendimiento de especial relevancia en sus estudios, alcanzando una gran madurez intelectual y humana.

Por todo ello, he dispuesto:

Primero.-1. Se convocan seis Premios Nacionales de las nuevas modalidades de Bachillerato regulado por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, con cargo al crédito 18.11.423-C.482 de los Presupuestos Generales del Estado para 1997.

2. La dotación de cada Premio Nacional de finalización de estudios de Bachillerato ascenderá a 150.000 pesetas.

Segundo.-1. Podrán optar a estos premios aquellos alumnos matriculados en centros docentes españoles, tanto de carácter público como privado, que hayan superado en el año académico 1996/1997 el segundo curso del Bachillerato regulado por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

2. Para participar en dicha convocatoria, la media resultante de las calificaciones obtenidas en los dos cursos de cualquiera de las modalidades de dicho Bachillerato habrá de ser igual o superior a 8,75 puntos.

3. Para la obtención de la nota media se computarán, exclusivamente, las calificaciones obtenidas en las materias comunes, específicas y optativas de los dos cursos de la modalidad de Bachillerato cursada.

Tercero.-1. Los alumnos que, reuniendo los requisitos establecidos en los apartados anteriores, deseen optar al Premio Nacional tendrán que inscribirse en el Centro Público de Enseñanza en el que haya cursado estudios o, en el caso del alumnado de centros privados, en el centro público al que éstos estén adscritos, hasta el día 27 de junio de 1997, inclusive.

2. A través de la Secretaría del respectivo centro se deberá cumplimentar el modelo de inscripción que se incluye como anexo.

3. Antes del día 6 de julio de 1997 las Secretarías de los Institutos remitirán a la Dirección Provincial de Educación y Cultura (en el caso de Madrid, Subdirección Territorial), o a los órganos competentes de las Comunidades Autónomas con competencias plenas en materia de educación, los modelos de inscripción presentados, quienes los remitirán a la Subdirección General de Becas y Ayudas al Estudio, c/ Torrelaguna, 58, 28027 Madrid, en un plazo no superior a diez días naturales.

Cuarto.-1. Antes de la celebración de las pruebas la Secretaría General de Educación y Formación Profesional dictará las Instrucciones necesarias para su desarrollo.

2. La Dirección General de Coordinación y de la Alta Inspección elaborará y remitirá a las Direcciones Provinciales de Educación y Cultura (en el caso de Madrid, Subdirecciones Territoriales) y Comunidades Autónomas que hayan asumido las competencias en materia educativa, tanto las pruebas como las instrucciones necesarias para su desarrollo.

3. Las pruebas constarán de dos ejercicios:

Primer ejercicio sobre las materias comunes del Bachillerato:

a) Comentario crítico sobre un texto de carácter histórico, filosófico o literario y respuesta a las cuestiones que puedan ser planteadas sobre él.

b) Análisis de un texto en la primera lengua extranjera y respuesta a cuestiones sin diccionario.

Segundo ejercicio: Cuestiones o ejercicios prácticos sobre dos materias de Bachillerato.

3. La celebración de las pruebas tendrá lugar el 16 de septiembre de 1997, en los locales que habiliten al efecto las Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación y Cultura o el órgano competente de las Comunidades Autónomas con competencias plenas en materia de educación, quienes tendrán que comunicarlo al alumnado participante con la suficiente antelación.

Quinto.-El Secretario general de Educación y Formación Profesional nombrará al Tribunal encargado de la calificación de las referidas pruebas, que estará compuesto por inspectores de educación especialistas en las materias de las pruebas, que actuarán como Vocales y estará presidido por el Subdirector General de la Inspección de Educación. El Tribunal nombrará de entre sus miembros un Secretario. El Tribunal podrá solicitar el asesoramiento de los especialistas que estime necesarios.

Sexto.-Los Premios serán adjudicados por la Dirección General de Formación Profesional y Promoción Educativa a los alumnos que sean propuestos por el Tribunal mencionado en el apartado anterior. A los alumnos premiados se les entregará un documento acreditativo de tal circunstancia.

Séptimo.-Contra la Resolución de adjudicación de los Premios se podrá interponer, en el plazo de un mes, recurso ordinario ante la Excma. Sra. Ministra, que será sustanciado por el Secretario General de Educación y Formación Profesional.

Sin perjuicio de lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el escrito de interposición del recurso se enviará a la Subdirección General de Becas y Ayudas al Estudio (calle Torrelaguna, 58, 28027 Madrid).

Octavo.-Se autoriza a la Secretaría General de Educación y Formación Profesional y para dictar aquellas normas que sean necesarias para la aplicación de la presente Orden, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 21 de mayo de 1997.

AGUIRRE Y GIL DE BIEDMA

Ilmo. Sr. Secretario general de Educación y Formación Profesional.

ANEXO

Apellidos y nombre: Fecha de nacimiento: Dirección: Teléfono Localidad: Provincia: CP: Centro en el que cursó sus estudios: Localidad: Provincia: CP: Idioma elegido: Modalidad de Bachillerato cursado: Opción:

Desea tomar parte en las pruebas para la obtención de los Premios Nacionales de Bachillerato regulado por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, convocados por Orden ministerial de 21 de mayo de 1997.

de de 1997.

(Firma)

Ilmo. Sr. Director provincial de Educación y Cultura.

El Secretario del Instituto de Bachillerato, , de

Certifica: Que el alumno , ha alcanzado una nota media de , obtenida de acuerdo con lo establecido en la disposición segunda.2 de la Orden de 21 de mayo de 1997, por lo que reúne los requisitos establecidos en la misma, a fin de participar en las pruebas para la obtención de los Premios Nacionales de Bachillerato regulado por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, curso 1996-1997.

de de 1997.

(Firma y sello)

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