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Documento BOE-A-1997-12286

Orden de 9 de mayo de 1997 por la que se modifica la autorización del centro privado de Educación Secundaria «La Salle», de Palma de Mallorca (Baleares), en las etapas de la Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato.

Publicado en:
«BOE» núm. 135, de 6 de junio de 1997, páginas 17483 a 17484 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-12286

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a instancia de don Pascual Muñoz Cantos, representante de la titularidad del centro privado de Educación Secundaria denominado «La Salle», domiciliado en Camí Son Rapinya, número 29, de Palma de Mallorca (Baleares), en solicitud de modificación de la autorización del centro por ampliación de cuatro unidades en la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria y reducción de cuatro unidades en la etapa de Bachillerato,

El Ministerio de Educación y Cultura ha resuelto:

Primero.-Modificar la autorización del centro privado de Educación Secundaria «La Salle», de Palma de Mallorca (Baleares), en las etapas de la Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, que queda configurado del modo siguiente:

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: «La Salle».

Titular: Hermanos de las Escuelas Cristianas.

Domicilio: Camí Son Rapinya, número 29.

Localidad: Palma de Mallorca.

Municipio: Palma de Mallorca.

Provincia: Baleares.

Enseñanzas que se autorizan:

a) Educación Secundaria Obligatoria.

Capacidad: 20 unidades y 600 puestos escolares.

b) Bachillerato: Modalidad de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud.

Capacidad: Cuatro unidades y 140 puestos escolares.

c) Bachillerato: Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales.

Capacidad: Dos unidades y 70 puestos escolares.

d) Bachillerato: Modalidad de Tecnología.

Capacidad: Cuatro unidades y 140 puestos escolares.

Segundo.-Provisionalmente, y hasta que no se implanten la enseñanzas definitivas, según lo dispuesto en el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, modificado por Real Decreto 1487/1994, de 1 de julio, el centro de Educación Secundaria podrá impartir las enseñanzas de Bachillerato Unificado y Polivalente y Curso de Orientación Universitaria con una capacidad máxima total de 20 unidades y 800 puestos escolares.

Tercero.-Contra esta Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 9 de mayo de 1997.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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