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Documento BOE-A-1997-10696

Corrección de errores de la Orden de 20 de marzo de 1997 por la que se aprueban los modelos de declaración-liquidación del impuesto sobre Sociedades para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 1996, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se aprueban los modelos para efectuar los pagos fraccionados que deben realizarse durante 1997.

Publicado en:
«BOE» núm. 118, de 17 de mayo de 1997, páginas 15434 a 15437 (4 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1997-10696
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1997/03/20/(1)/corrigendum/19970517

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto de la Orden de 20 de marzo de 1997 por la que se aprueban los modelos de declaración-liquidación del Impuesto sobre Sociedades para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 1996, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se aprueban los modelos para efectuar los pagos fraccionados que deben realizarse durante 1997, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 72, de 25 de marzo de 1997, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 9613, dentro de la página 6, correspondiente al modelo 220, de declaración-liquidación para los Grupos de Sociedades, en el título de dicha página, donde dice: «Balance consolidado del Grupo: Debe»; debe decir: «Cuenta de Pérdidas y Ganancias consolidada del Grupo: Debe», y en la relación de cuentas, donde dice: «Impuestos sobre Sociedades»; debe decir: «Impuesto sobre Sociedades».

En la página 9648, dentro de la página 18, correspondiente al modelo 220, de declaración-liquidación para los Grupos de Sociedades, en el título del primer apartado, donde dice: «Detalle de la compensación de bases imponibles negativas»; debe decir: «Deducciones por doble imposición», y en el título del último apartado, donde dice: «Deducciones que practican sin límite sobre cuota (creación de empleo)»; debe decir: «Deducciones que se practican sin límite sobre cuota (creación de empleo)».

En la página 9649, dentro de la página 18/..., correspondiente al modelo 220, de declaración-liquidación para los Grupos de Sociedades, en el título del primer apartado, donde dice: «Detalle de la compensación de bases imponibles negativas»; debe decir: «Deducciones por doble imposición», y en el título del último apartado, donde dice: «Deducciones que practican sin límite sobre cuota (creación de empleo)»; debe decir: «Deducciones que se practican sin límite sobre cuota (creación de empleo)».

A tal efecto se reproducen a continuación las pági nas 6, 18 y 18/..., del modelo 220.

(MODELO OMITIDO)

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 17/05/1997
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Orden de 20 de marzo de 1997 (Ref. BOE-A-1997-6263).
Materias
  • Formularios administrativos
  • Impuesto sobre Sociedades

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