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Documento BOE-A-1997-10202

Orden de 23 de abril de 1997 por la que se convoca y regula el Premio «Alimentos de España», en la modalidad de Medios de Comunicación.

Publicado en:
«BOE» núm. 111, de 9 de mayo de 1997, páginas 14791 a 14792 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1997-10202

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación tiene encomendada la misión de promocionar y fomentar la calidad de los productos agroalimentarios, a través de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, para lo que viene realizando acciones de formación e información bajo el concepto genérico «Alimentos de España».

Es evidente la importancia que los medios de comunicación pueden tener en la difusión del conocimiento de estos productos.

Por ello, dispongo:

Artículo 1. Objeto.

Con el fin de fomentar la realización de trabajos periodísticos en los medios de información relacionados con la naturaleza, producción, transformación, comercialización, propiedades, valor nutritivo y gastronomía de productos agroalimentarios, como medida de apoyo a las acciones sobre «Alimentos de España», que desarrolla la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, y que complemente los objetivos básicos de fomento de la calidad de nuestros alimentos, se convoca para 1997 el Premio de Medios de Comunicación sobre «Alimentos de España».

Artículo 2. Beneficiarios.

Podrán optar a estos premios todos los medios de comunicación.

Artículo 3. Dotación.

El Premio consistirá en una placa de plata, con el distintivo «Alimentos de España».

Artículo 4. Presentación de trabajos.

Los trabajos se dirigirán a la Dirección General de Política Alimentaria e Industrias Agrarias y Alimentarias, y deberán tener entrada en el Registro General del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, o en algunos de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, haciendo constar en el envío la siguiente leyenda: «Premio de Medios de Comunicación sobre Alimentos de España, correspondiente a 1997».

Artículo 5. Plazo de presentación.

El plazo de presentación de los trabajos finalizará el 15 de octubre de 1997.

Artículo 6. Selección.

1. Para la concesión del Premio se formará un Jurado, presidido por la Directora general de Política Alimentaria e Industrias Agrarias y Alimentarias, o persona en quien delegue, e integrado por dos representantes de la Dirección General de Política Alimentaria e Industrias Agrarias y Alimentarias, dos representantes del Gabinete de Prensa del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y dos profesionales de reconocido prestigio del ámbito de medios de comunicación. Como Secretario actuará un representante de la Dirección General de Política Alimentaria e Industrias Agrarias y Alimentarias.

2. El Jurado realizará una labor de seguimiento de los trabajos en los distintos medios de difusión nacionales y extranjeros y analizará las distintas actuaciones.

3. El Jurado tendrá amplias facultades para dividir el premio, declararlo desierto o tomar cualquier otra decisión que estime oportuna.

Artículo 7. Resolución.

El Jurado elevará su propuesta sobre la concesión del premio a la Directora general de Política Alimentaria e Industrias Agrarias y Alimentarias, que dictará la resolución correspondiente, de acuerdo con la Orden de 3 de junio de 1996, sobre delegación de atribuciones en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y se hará pública la inserción en el tablón de anuncios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y notificación a los premiados.

La resolución se dictará antes del día 5 de noviembre de 1997.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa, contra la que podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, conforme a la Ley de 27 de diciembre de 1956, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Artículo 8. Entrega de premios.

La entrega de premios se hará en un acto público convocado al efecto, al que se dotará de la trascendencia y solemnidad adecuada.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 23 de abril de 1997.

DE PALACIO DEL VALLE-LERSUNDI

Ilmos. Sres. Secretario general de Agricultura y Alimentación y Directora general de Política Alimentaria e Industrias Agrarias y Alimentarias.

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