Está Vd. en

Documento BOE-A-1996-9871

Resolución de 22 de febrero de 1996, de la Dirección General de Patrimonio Artístico de la Consejería de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se incoa expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de monumento, a favor de la iglesia parroquial de Nuestra Señora de la Asunción, de Vistabella del Maestrazgo (Castellón).

Publicado en:
«BOE» núm. 107, de 3 de mayo de 1996, páginas 15604 a 15607 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Valenciana
Referencia:
BOE-A-1996-9871

TEXTO ORIGINAL

Visto el informe emitido por el Servicio de Patrimonio Arquitectónico y Medioambiental favorable a la incoación de expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de monumento, a favor de la iglesia parroquial de Nuestra Señora de la Asunción de Vistabella del Maestrazgo (Castellón).

Considerando lo que disponen los artículos 9 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y 11 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, modificado por el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, de desarrollo parcial de dicha Ley, la Dirección General de Patrimonio Artístico de la Consejería de Cultura, Educación y Ciencia de la Generalidad Valenciana ha resuelto:

1. Incoar expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de monumento, a favor de la iglesia parroquial de Nuestra Señora de la Asunción de Vistabella del Maestrazgo (Castellón).

2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.1 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, modificado por Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, describir para su identificación el Bien objeto de la incoación, delimitando la zona afectada, en los anexos que se adjuntan a la presente Resolución.

3. Seguir con la tramitación del expediente, según las disposiciones vigentes.

4. Dar traslado de esta Resolución al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Vistabella del Maestrazgo y hacerle saber que, de acuerdo con lo que establece el artículo 19 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español en relación con el 11, la realización de obras en el monumento que se pretende declarar, o en su propio entorno, deberá ser autorizada por la Dirección General de Patrimonio Artístico, así como que será preceptiva la misma autorización para colocar en fachadas o en cubiertas cualquier clase de rótulo, señal o símbolo.

5. Que de acuerdo con lo que dispone el artículo 12.2 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, modificado por Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, se notifique esta Resolución a los interesados, a los efectos oportunos, y al Registro General de Bienes de Interés Cultural para su anotación preventiva.

6. Que la presente Resolución, con sus anexos, se publique en el «Diario Oficial de la Generalidad Valenciana» y en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Valencia, 22 de febrero de 1996.-La Directora general de Patrimonio Artístico, Carmen Pérez García.

ANEXO I

Descripción histórico artística

La iglesia parroquial de Nuestra Señora de la Asunción de Vistabella del Maestrazgo es de tres naves, con presbiterio ochavado y deambulatorio, quedando su planta inscrita en un rectángulo. Tiene la torre situada a los pies y dos capillas y sacristías en la cabecera. Se cubre con bóvedas de crucería, que son simples en las naves laterales y con terceletes en la central y capillas de la cabecera y con terceletes, ligaduras y cadenas en el ábside. El deambulatorio queda cubierto en sus tres tramos por dos bóvedas de crucería diferentes (una de ellas, rota por un lucernario barroco, a modo de transparente) y una bóveda de casetones. Sobre las bóvedas de la nave descansa una cubierta de teja árabe dispuesta a dos vertientes.

La iglesia está orientada quedando sus dos portadas situadas al sur (en la primera y tercera crujías). La central se dispone a modo de fachada retablo de tres pisos y se alberga bajo un nicho que se cierra por un arco apuntado. La situada a los pies y bajo la torre queda protegida, asimismo, por un nicho que se cierra por un arco de medio punto.

La iglesia parroquial de Vistabella del Maestrazgo es uno de los mejores templos (y quizás el de mayor empeño) de un largo episodio arquitectónico que se desarrolla en la arquitectura valenciana desde finales del siglo XVI hasta mediados del XVII y del que son buen ejemplo las parroquiales de Villafranca, Vinaroz, Calig, Traiguera, La Jana, Chert, Canet lo Roig, Puzol, Albaida, Pego... En todas estas iglesias, el lenguaje y el orden renacentista se combina con soluciones constructivas de tradición gótica, como la bóveda de crucería.

La iglesia parroquial de Nuestra Señora de la Asunción de Vistabella del Maestrazgo es uno de los escasos (o quizás el único) ejemplos citados de la arquitectura renacentista, pertenecientes a las comarcas castellonenses, en todas las Historias Generales del Arte Español. Los calificativos que ha merecido son de «notable, magnífica portada», por Elías Tormo, «monumental portada...», por Fernando Chueca Goitia y «muy suntuosa y con gran abundancia de esculturas...», por José Camon Aznar.

ANEXO II

Partes integrantes, pertenencias y accesorios

a) Portada principal:

Fachada retablo, se inserta en un gran arco cobijo abierto en la fachada lateral sur.

Se compone de tres cuerpos y da acceso al tramo central de la nave.

b) Portada menor:

Situada en el lateral de la fachada lateral sur, bajo la torre campanario.

Permite el acceso a la iglesia por su pie.

Bajo arco cobijo, de menor altura e importancia que la principal, se compone de arco inferior entre pilastras y entablamento rematado con frontón circular partido.

c) Torre campanario:

De planta rectangular.

Se levanta sobre el ángulo suroeste del cuerpo principal.

Sus paramentos de ángulo son prolongación de los muros lateral y testero del edificio.

Presenta un cuerpo superior de campanas, rematado por ático perimetrado con antepecho apilastrado.

d) Naves:

Tres naves, principal y dos laterales, de cinco tramos y el último de la central se cierra formando ábside poligonal.

Detrás un deambulatorio cubierto con bóveda de cañón.

Pilastras estriadas, entablamento liso corrido, arcos de medio punto, bóvedas nervadas de tradición gótica, ábside poligonal.

e) Arrimadero de cerámica de Alcora en zona trasaltar y sacristía.

ANEXO III

Delimitación del área de protección

A) Delimitación literal

Origen: Punto A, encuentro de la prolongación de la medianera de las edificaciones números 15 y 17 de la calle Portalet y a 50 metros del borde exterior de la carretera.

Sentido: Inverso a las agujas del reloj.

Línea delimitadora: Desde el punto A, se dirige hacia la medianera de las edificaciones, números 15 y 17, de la calle Portalet y se introduce en la manzana por ésta. Sigue las líneas que definen la edificación del número 15, de la calle Portalet, hasta su encuentro con las medianeras laterales de la casa, número 22, de la calle General Mola y, por aquí, sale a esta calle y se prolonga hasta el eje de la misma, gira por el eje en sentido sur y recoge el resto de la manzana. Gira ortogonalmente hacia el oeste y se introduce en la manzana, sita entre las calles General Mola y Jesús, por los límites de las propiedades números 1 de General Mola y 2, 4 y 6 de la calle Mayor. Sale a la calle Mayor, busca su eje y gira por él hacia el oeste hasta encontrar el eje de la calle Teresa, por donde discurre un corto tramo hasta introducirse en la manzana, entre las calles Teresa, plaza de la Iglesia y Calvo Sotelo, envolviendo las propiedades que dan fachada a la calle Mayor y plaza de la Iglesia. Sale a la calle Calvo Sotelo, gira por su eje en dirección este para penetrar, tras un nuevo quiebro, en la manzana, entre las calles Calvo Sotelo y avenida D. Ramón Salvador, englobando las casas, números 30, de calle Calvo Sotelo, 6 de la plaza de la Iglesia y números 2, 4 y 6 de la avenida. Cruza la avenida para introducirse en la manzana, situada entre ésta, la plaza de la Iglesia y calle Eras de Troya, encerrando las edificaciones números 7, 8 y 9 de la plaza, 3 y 5 de la avenida y 2, 4 y 6 de la calle Eras de Troya. Seguidamente, dejando a salvo las propiedades al sur de la calle Eras de Troya, recoge las primeras manzanas previstas en las normas subsidiarias, situadas al norte de ésta, además de las que tienen fachada al ábside de la iglesia y carretera. Gira, en sentido norte, por el eje de la calle en proyecto; se quiebra hacia el este, para volver a girar casi ortogonalmente por la medianera de las propiedades de la manzana que da frente a la carretera y prolongarse hasta una distancia de 50 metros del borde exterior de la carretera. A partir de aquí, discurre paralelo al propio límite y carretera hasta llegar al punto A, origen.

B) Delimitación gráfica

Se adjunta plano para su publicación.

(PLANO OMITIDO)

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid