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Documento BOE-A-1996-987

Resolución de 9 de enero de 1996, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se rectifican errores de la de 21 de diciembre de 1995, por la que se convocaban pruebas selectivas para el acceso a la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada, de la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 13, de 15 de enero de 1996, páginas 1065 a 1065 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1996-987

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la publicación de la citada Resolución, recogida en el «Boletín Oficial del Estado» número 5, de 5 de enero de 1996, a continuación se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 312, columna derecha, base 3.2, último párrafo, donde dice: «... tanto en los servicios efectivos prestados en la Subescala», debe decir: «... tanto los servicios efectivos prestados en la Subescala».

En la página 313, columna izquierda, base 4.3, párrafo tercero, donde dice: «Por la presentación de servicios efectuados por el Grupo Banco Exterior...», debe decir: «Por la prestación de servicios efectuados por el Grupo Banco Exterior...».

En la página 313, columna derecha, base 5.2, donde dice: «... ante el Ministerio para las Administraciones Públicas», debe decir: «... ante el Ministro para las Administraciones Públicas».

En la página 313, columna derecha, base 6.1, último párrafo, donde dice: «... y un número de miembros designados por el Director del Instituto Nacional de Administración Pública», debe decir: «... y un número igual de miembros designados por el Director del Instituto Nacional de Administración Pública».

En la página 314, columna izquierda, base 6.3, último párrafo, donde dice: «... y para el caso de que algún tribunal, finalizado el segundo ejercicio», debe decir: «... y para el caso de que en algún tribunal, finalizado el segundo ejercicio».

En la página 314, columna izquierda, base 6.5, último párrafo, donde dice: «... Resolución por la que se nombra a los nuevos miembros de la Comisión de Coordinación», debe decir: «... Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros de la Comisión de Coordinación».

En la página 315, columna izquierda, base 8.1, apartado a), penúltimo párrafo, donde dice: «... y si no fuera suficiente, en el primer ejercicio», debe decir: «... y si esto no fuera suficiente, en el primer ejercicio».

En la página 315, columna izquierda, base 8.2.1, donde dice: «... La valoración de los méritos señalados en la base 2.1.2.a) se realizará en la siguiente forma: a) Ejercicios obligatorios», debe decir: «... La valoración de los méritos señalados en la base 2.1.2.a) se realizará en la forma siguiente:

Los méritos se calificarán otorgando a los aspirantes 0,03 puntos por cada mes completo de servicios efectivos prestados en puestos reservados a la Subescala a que se refiere la mencionada base, hasta un máximo de 10 puntos, sin que en ningún caso puedan aplicarse estos puntos consuntivamente para superar los ejercicios eliminatorios.

8.8.2. Fase de oposición: Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma siguiente:

a) Ejercicios obligatorios:».

Madrid, 9 de enero de 1996.-El Director del Instituto, Manuel Blasco Legaz.

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