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En el recurso contencioso-administrativo número 117/1994, seguido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a instancia de don José Manuel Carrasco Alonso, contra Resolución de la Dirección General de Administración Penitenciaria desestimatoria sobre reconocimiento y abono de todos los trienios devengados en la función pública, con arreglo a la cantidad vigente para el cuerpo de su actual pertenencia, ha recaído sentencia de fecha 22 de noviembre de 1995, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que, desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el funcionario recurrente citado, contra la Resolución denegatoria de abono de todos sus trienios en la cuantía correspondiente al grupo al que actualmente pertenece, debemos declarar y declaramos que dichas Resoluciones son conformes a Derecho; sin imposición de las costas del proceso.»
En virtud de lo que antecede, esta Secretaría de Estado ha dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la referida sentencia.
Lo que digo a V. S. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 21 de marzo de 1996.-P. D., el Director general de Administración Penitenciaria, Martín Alberto Barciela Rodríguez.
Sr. Subdirector general de Personal.
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