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Documento BOE-A-1996-8873

Resolución de 11 de marzo de 1996, de la Dirección General de Patrimonio Artístico de la Consejería de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se acuerda tener por incoado el expediente de delimitación del entorno de protección de la Iglesia Concatedral de San Nicolás de Bari, de Alicante.

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 19 de abril de 1996, páginas 14273 a 14274 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Valenciana
Referencia:
BOE-A-1996-8873

TEXTO ORIGINAL

Considerando que por Orden de 15 de junio de 1974 («Boletín Oficial del Estado» de 30 de agosto), se declaró monumento histórico-artístico la Iglesia Concatedral de San Nicolás, de Alicante;

Visto el informe del Servicio de Patrimonio Arquitectónico y Medioambiental favorable a la incoación del expediente de delimitación del entorno de protección de este monumento;

Considerando lo que disponen los artículos 9 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y 11 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, para el desarrollo parcial de dicha Ley, modificado por Real Decreto 64/1994, de 21 de enero,

La Dirección General de Patrimonio Artístico ha resuelto:

1. Incoar expediente de delimitación del entorno de protección de la Iglesia de San Nicolás de Bari, de Alicante.

El entorno de protección queda delimitado en los anexos que se adjuntan a la presente Resolución.

2. Seguir con la tramitación del expediente, según las disposiciones vigentes.

3. Dar traslado de esta Resolución al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alicante y hacerle saber que, de acuerdo con lo que establece el artículo 19 en relación con el 11 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, la realización de obras en esta zona deberá ser autorizada por la Dirección General del Patrimonio Artístico.

4. Que, de acuerdo con lo que dispone el artículo 12.2 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, para el desarrollo parcial de la Ley 16/1985, modificado por Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, se notifique esta Resolución a los interesados, a los efectos oportunos.

5. Que la presente Resolución con sus anexos se publique en el «Diario Oficial de la Generalidad Valenciana» y en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Valencia, 11 de marzo de 1996.-La Directora general, Carmen Pérez García.

ANEXO I

Motivación de la delimitación propuesta

El criterio general seguido para la delimitación del entorno de protección de la Iglesia Concatedral de San Nicolás de Bari, consiste en incluir dentro de su área los siguientes elementos urbanos:

Parcelas que limitan directamente con la que ocupa el BIC, pudiendo afectar al mismo tanto visual como físicamente cualquier intervención que se realice sobre ellas.

Parcelas recayentes al mismo espacio público que el BIC y que constituyen su entorno visual y ambiental inmediato y en el que cualquier intervención que se realice puede suponer una alteración de las condiciones de percepción del mismo o del carácter del espacio urbano.

Espacios públicos en contacto directo con el BIC y las parcelas enumeradas anteriormente y que constituyen parte de su ambiente urbano inmediato.

Edificaciones o cualquier elemento del paisaje urbano que aun no teniendo una situación de inmediatez con el BIC afecten de forma fundamental a la percepción del mismo.

ANEXO II

Area de protección

A) Descripción literal de la delimitación:

Origen: Eje calle Virgen de Belén.

Sentido: Horario.

Línea delimitadora: Desde el origen A en la calle Virgen de Belén, la línea continúa hasta la intersección de la prolongación de la medianera del número 22 de la calle San Nicolás, continúa por el interior de la medianera entre esta casa y el número 20 de Virgen de Belén, hasta su encuentro con la número 1 de la calle Montegón, de ahí continúa hacia el este y gira a su encuentro con la casa número 3 de esa calle, sale a la calle cruzándola hasta el encuentro con la medianera de las casas números 6 y 8, por el interior de la manzana discurre por las medianeras este de las casas números 14, 12, 10, 8, 6 y 4 de la calle San Nicolás; gira en la medianera de esta casa, común al número 2, cruza la calle San Nicolás y entra por la medianera norte de la número 1, sigue por el interior de la manzana en la medianera sur de las casas números 22, 20, 18, 16, 14 y 12 (18 antiguo) de la calle Miguel Soler. Cruza la calle Muñoz, entra por la medianera oeste de las casas números 3 y 5, sigue por el interior de las medianeras de las casas números 4 de la plaza y 10 de la calle Miguel Soler, sale por la prolongación de la medianera común a las casas números 10 y 8 de Miguel Soler, cruza la calle, entra por la medianera oeste de la casa número 9 de Miguel Soler, sigue por el interior de la manzana y sale a la calle San José por la medianera oeste de la casa número 6, común con la 4, sigue a eje de la calle San Andrés hasta su encuentro con la de San Isidro, aquí entra por la medianera oeste de la casa número 11 de Labradores, continúa por el interior de la manzana hasta la medianera norte de la casa número 11 de Labradores, cruza la calle, entra en la medianera norte de la número 14 de Labradores; por el interior de la manzana sale a la calle Tarifa, entra por la medianera norte del número 2 de la misma calle, por el interior de la manzana sigue la medianera norte de las casas de la calle San Pascual, números 5, 7, 9 y 11, en ésta gira a norte por la medianera de la casa número 11 de la calle San Nicolás, común con la 14 de la calle Virgen de Belén, hasta salir a esta última y llegar al punto de origen A.

B) Descripción gráfica.

(PLANO OMITIDO)

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