En el recurso contencioso-administrativo número 1.520/1993-04, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Naarden Internacional, Sociedad Anónima», contra Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de julio de 1991 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 16 de abril de 1993, se ha dictado, con fecha 24 de julio de 1995, por el citado Tribunal, sentencia declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Antonio María Alvarez-Buylla Ballesteros, en nombre y representación de «Naarden Internacional, Sociedad Anónima», contra la Resolución del Registro de la Propiedad Industrial, de fecha 16 de abril de 1993, en cuanto estimatoria del recurso de reposición de la que anteriormente dictara, con fecha 5 de julio de 1991, confirmando aquella Resolución impugnada, por ser conforme a Derecho; sin especial pronunciamiento sobre costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 29 de febrero de 1996.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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