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Documento BOE-A-1996-8492

Orden de 20 de marzo de 1996 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, de la Audiencia Nacional, en recurso número 2/1624/1991, interpuesto por «Construcciones Alcalá, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 15 de abril de 1996, páginas 13742 a 13742 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1996-8492

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 2/1.624/1991, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativco, Sección Segunda, de la Audiencia Nacional, a instancia de «Construcciones Alcalá, Sociedad Anónima», contra resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de fecha 22 de mayo de 1991, sobre liquidación y retención del Impuesto General sobre el Tráfico de las Empresas, en sendas certificaciones de obras satisfechas por la Dirección General de Bellas Artes del Ministerio de Cultura, ha recaído sentencia en 27 de noviembre de 1995, cuyo fallo es el siguiente:

«Fallamos: En atención a lo expuesto, la Sala ha decidido:

Primero.-Estimar el recurso contencioso-administrativo formulado por el Procurador señor García-San Miguel Hoover, en nombre y representación de "Construcciones Alcalá, Sociedad Anónima", contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de fecha 22 de mayo de 1991, referente al Impuesto General sobre el Tráfico de las Empresas, que se revoca por no ser ajustada a Derecho.

Segundo.-Reconocer el derecho de la sociedad demandante, a que le sean devueltas 260.153 pesetas, ingresadas indebidamente en el Tesoro.

Tercero.-No hacer expresa declaración sobre las costas del procedimiento.

En virtud de lo cual, este Ministerio dispone que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia, en la parte que le afecta, y que se publique dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 20 de marzo de 1996.-P. D., Orden de 9 de junio de 1994, el Subsecretario, Enrique Linde Paniagua.

Ilmo. Sr. Director general de Bellas Artes y de Conservación y Restauración de Bienes Culturales.

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