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Documento BOE-A-1996-843

Resolución de 16 de diciembre de 1995, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se resuelve la convocatoria a que se refiere la Orden de 25 de julio de 1995, sobre ayudas para la financiación de gastos de inversión a centros docentes concertados.

Publicado en:
«BOE» núm. 11, de 12 de enero de 1996, páginas 904 a 906 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1996-843

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 25 de julio de 1995 por la que se convocaban ayudas para la financiación de gastos de inversión en centros docentes concertados, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 17 de agosto, determina que por la Dirección General de Programación e Inversiones, previo informe de la Comisión de Estudio y Valoración, se propondrá al ilustrísimo señor Subsecretario del Departamento la Resolución de la concesión de las ayudas que incluirá la relación de los centros beneficiarios y el importe de las ayudas concedidas, así como los centros a los que se les deniega la ayuda y el motivo de dicha denegación.

No obstante, el Real Decreto 1954/1995, de 1 de diciembre, por el que se determina la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Ciencia atribuye las funciones relacionadas con el régimen de los conciertos educativos a la Secretaría de Estado de Educación y, como órgano dependiente de ella a la Dirección General de Centros Escolares.

En consecuencia, será la Dirección General de Centros Escolares, previo informe de la Comisión de Estudio y Valoración, quien propondrá al ilustrísimo señor Secretario de Estado de Educación, la resolución de la concesión de las ayudas que incluirá la relación de centros beneficiarios y el importe de las ayudas concedidas, así como los centros a los que se deniega la ayuda y el motivo de dicha denegación.

De acuerdo con el crédito presupuestario disponible y en función de los criterios de preferencia que se reflejan en el punto séptimo de la citada Orden, se han atendido aquellas solicitudes presentadas por los centros que han cumplido los requisitos señalados en el apartado tercero de la mencionada Orden y, con carácter preferente aquellas solicitudes presentadas por centros cuya titularidad corresponde a cooperativas de Profesores y, excepcionalmente, a sociedades anónimas laborales, cooperativas mixtas y asociaciones de padres que impartan enseñanza en el nivel de Educación Especial, así como a algunos centros cuya titularidad sea ostentada por fundaciones reguladas en el título I de la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, que han acreditado un endeudamiento debido a inversiones imperiosas realizadas, con anterioridad al curso 1992-1993, teniendo en cuenta su cuantía y el destino de las mismas.

En consecuencia, examinadas las peticiones, a propuesta de la Dirección General de Centros Escolares, y previo informe de la Comisión de Estudios y Valoración, esta Secretaría de Estado ha resuelto:

Primero.-Conceder ayudas para la financiación de gastos de inversión a los centros docentes concertados, que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución, y por el importe que en el mismo se indica.

Segundo.-Denegar la ayuda solicitada a los centros relacionados en el anexo II al no cumplir lo establecido en el apartado tercero de la Orden de 25 de julio de 1995, y por insuficiencia en las consignaciones presupuestarias, así como por los motivos que, en su caso, se indican.

Tercero.-Los centros a los que se concede la ayuda deberán presentar ante las Direcciones Provinciales del Departamento en el plazo de un mes, a contar desde la fecha del libramiento de la ayuda concedida, la justificación correspondiente a la reducción o cancelación de los préstamos obtenidos para la realización de las inversiones que motivaron la solicitud en cantidad igual a la ayuda otorgada por la presente Resolución. En consecuencia, el importe concedido habrá de ser destinado íntegramente para disminuir el capital pendiente del préstamo otorgado en su día, no pudiendo considerarse como justificante las cantidades abonadas a las entidades financieras, que correspondan a amortizaciones de vencimiento fijo.

Cuarto.-Si transcurrido el plazo mencionado en el apartado anterior no se presentase la documentación exigida, la Dirección General de Centros Escolares podrá ordenar el reintegro al Tesoro de las cantidades libradas, con los intereses de demora correspondientes, sin perjuicio de las responsabilidades que, en su caso, pudieran exigirse.

Asimismo, la incorrecta justificación de la ayuda concedida, incidirá negativamente en la concesión de cualquier otra ayuda que se convoque a través del Ministerio de Educación y Ciencia.

Quinto.-Contra esta Resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos meses desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», con la previa comunicación que exige el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Sexto.-Conforme a lo dispuesto en el punto duodécimo de la citada Orden de 25 de julio de 1995, por las Direcciones Provinciales se adoptarán las medidas oportunas para comunicar a los centros afectados esta Resolución.

Madrid, 16 de diciembre de 1995.-El Secretario de Estado de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.

Ilma. Sra. Directora general de Centros Escolares.

ANEXO I
Centros a los que se concede ayuda para gastos de inversión, según importe que se indica

Código del centro y denominación / Domicilio y localidad / Importe concedido-Pesetas

Albacete

02000374 Aristos. / Obispo Tagaste, 23. Albacete. / 2.425.000

02000568 Azorín. / Capitán Cortés, 105. Albacete. / 572.000

02000441 José María Pemán. / Doctor Ferrán, 80. Albacete. / 180.000

02003053 Infanta Elena. / La Roda, 22. Vilarrobledo. / 2.120.000

Asturias

33022335 San Lorenzo. / Tránsito S. Vicente de Paul. Gijón. / 2.288.000

33021768 Angel de la Guarda. / El Campón, sin número. Latores-Oviedo. / 2.325.000

Badajoz

06002122 Ntra. Sra. de las Cruces. / Ctra. Miajadas, kilómetro 1,5. Don Benito. / 149.000

06006723 Atenea. / Mario Roso de Luna, sin número. Mérida. / 2.425.000

06003254 San Juan Bosco. / Bda. María Auxiliadora, sin número. Mérida. / 512.000

Baleares

07006779 Pinyoll Vermell. / Ctra. Vieja Bunyola. Marratxí. / 2.425.000

Cantabria

39001421 Altamira. / Barrio Bardalón, 16. Camargo. / 97.000

39004859 Antonio Robinet. / Barrio San Lorenzo, 11. Vioño. Piélagos. / 269.000

39006947 Verdemar. / Barrio Corbán, 11. Santander. / 2.325.000

Ceuta

51000067 Severo Ochoa. / Baro Alegret, 14. Ceuta. / 1.627.000

51000031 Sgdo. Corazón de Jesús. / Avenida de España, 1. Ceuta. / 523.000

Huesca

22005029 Aspace «San Jorge». / Pasaje Cosme Blasco, 6. Huesca. / 1.186.000

Madrid

28038562 Alkor. / Avda. Pablo Iglesias, sin número. Alcorcón. / 2.325.000

28042139 Alhucema. / Avda. de las Provincias, sin número. Fuenlabrada. / 2.425.000

28037961 Fuenlabrada. / Valencia, 15. Fuenlabrada. / 2.325.000

28041275 Los Naranjos. / Avda. Las Comarcas, 70. Fuenlabrada. / 2.425.000

28026420 Los Angeles. / Prado Acedinos, sin número. Getafe. / 2.425.000

28024186 Berriz. Veracruz. / Camino Real, 3. Las Rozas. / 2.112.500

28003742 El Salvador. / San Vicente, 17. Leganés. / 2.325.000

28019981 Centro de Estudios «Castilla». / Calle del Oso, 23. Madrid. / 1.227.000

28035275 Comunid. Infantil Villaverde. / Villastar, 10. Madrid. / 989.000

28037405 Fuentelarreyna. / Ramón Gómez de la Serna, 62. Madrid. / 2.600.000

28016645 San Alberto Magno. / Travesía Iván de Vargas, 1 y 3. Madrid. / 2.325.000

28020171 San José Lucero. / Palmípedo, 12 y 14. Madrid. / 2.325.000

28033382 Valdecas. / Javier de Miguel, 17. Madrid. / 600.000

28023066 Villa de Móstoles. / Camino de Humanes, 40. Móstoles. / 2.600.000

Murcia

30009563 Fahuaran. / Avda. Constitución, 23. Abarán. / 2.425.000

30000419 Samaniego. / Pago de las Viñas. Alcantarilla. / 2.325.000

30009496 Cent. Estudios Profesionales. / Ctra. de Mula, 37. Alguazas. / 226.000

30002544 Ntra. Sra. de las Maravillas. / Helios, sin número. Cehegín. / 2.425.000

30007943 Juan Ramón Jiménez. / Barrio de San Juan Bosco, sin número. Cieza. / 1.211.000

30008935 Miguel de Cervantes. / Camino del Molino, 4. Cieza. / 582.000

30009526 Vistabella. / Hondo, 29. Era Alta. / 441.000

30004814 San José. / Pinos, 6. La Alberca. / 2.325.000

30009630 Susarte. / Avda. Juan Carlos, sin número. Las Torres de Cotillas. / 1.325.000

30009851 El Taller. / Ctra. Fortuna, kilómetro 2. Molina de Segura. / 2.073.000

30010589 Vicente Medina. / Gran Capitán. Molina de Segura. / 2.325.000

30004656 Santa Clara. / Las Monjas, 56. Mula. / 2.325.000

30005806 «Academia Herma, S. C. L.». / Capuchinos, 5. Murcia. / 123.000

30009861 Julián Romea. / Barrio «San José Obrero». Murcia. / 1.200.000

30006631 San Vicente Ferrer. / Carril Torre Caradoc. Murcia. / 2.325.000

30009800 Severo Ochoa. / Camino de Tiñosa, sin número. Murcia. / 104.000

30009629 Torre Salinas. / Camino Badel, Carril Montoyas. Murcia. / 1.514.000

30009046 Luis Vives. / Parragás, 1. Nonduermas. / 141.000

30009575. San Lorenzo. / Los Morenos, 1. Puente Tocinos. / 135.000

30010450 La Santa Cruz. / Castillo del Puerto. Sangonera la Verde. / 2.325.000

30010024 Monteazahar. / Emisora, 20. Torres de Cotillas. / 2.425.000

30010279 Reina Sofía. / San Antonio, 143. Totana. / 2.325.000

Segovia

40003733 Alcázar de Segovia. / Ctra. San Ildefonso, sin número. Segovia. / 988.000

Toledo

45005082 Clemente Palencia. / Pl. Tres Carabelas, sin número. Talavera de la Reina. / 2.325.000

45003280 Cristóbal Colón. / Avda. Príncipe, 8. Talavera de la Reina. / 557.000

45003103 Fernando de Rojas. / Ctra. de San Román, sin número. Talavera de la Reina. / 2.425.000

45004995 Lope de Vega. / Paseo del Muelle, 27. Talavera de la Reina. / 1.610.000

45005331 Ruiz de Luna. / Ava. Príncipe, 49. Talavera de la Reina. / 2.425.000

Zaragoza

50009488 Los Pueyos. / Ctra. de Sariñena, sin número. Villamayor. / 2.131.000

50010168 Condes de Aragón. / Condes de Aragón, 9. Zaragoza. / 2.325.000

50006700 Don Bosco. / A. Zapater Cerdán, 21. Zaragoza. / 2.112.500

ANEXO II
Relación de centros a los que se deniega la ayuda solicitada para gastos de inversión, por los motivos que se expresan

Código del centro y denominación / Domicilio y localidad / Otros motivos

Badajoz

06005688 San Marcos. / Frailes, 7. Almendralejo. / No cumple punto 3.3 de la convocatoria.

Baleares

07006743 Gaspar Hauser. / José Villalonga, 79. Palma de Mallorca. / No cumple punto 3.3 de la convocatoria.

Ciudad Real

13003804 Santo Tomás. / Ctra. Piedrabuena, sin número. Ciudad Real. / No cumple punto 3.2 de la convocatoria.

13001972 San José. / Virgen del Carmen, 20. Manzanares. / No cumple punto 3.2 de la convocatoria.

León

24008231 Espíritu Santo. / Avda. Compostilla, 84. Ponferrada. / No cumple punto 3.2 de la convocatoria.

24008186 La Inmaculada. / Navaliegos, 1. Ponferrada. / No cumple punto 3.2 de la convocatoria.

Madrid

28005131 Beata María Ana de Jesús. / Guillermo de Osma, 10. Madrid. / No cumple puntos 3.2 ni 3.3 de la convocatoria.

28020156 Casa de la Virgen. / Virgen del Val, 1. Madrid. / No cumple punto 3.3 de la convocatoria.

28019270 La Inmaculada. / Avda. Virgen del Carmen. Madrid. / No cumple punto 3.2 de la convocatoria.

28011623 Liceo Cónsul. / Peironcely, 7. Madrid. / No cumple puntos 3.2 y 3.3 de la convocatoria.

28013097 Ntra. Sra. Escuelas Pías. / Ocaña, 191. Madrid. / No cumple punto 3.2 de la convocatoria.

28013280 Ntra. Sra. de la Merced. / José Luis Arrese, 5. Madrid. / No cumple puntos 3.2 ni 3.3 de la convocatoria.

28008405 Ntra. Sra. de las Nieves. / Alcalá, 589. Madrid. / No cumple puntos 3.2 ni 3.3 de la convocatoria.

28009082 San Eulogio. / Revoltosa, 17. Madrid. / No cumple puntos 3.2 ni 3.3 de la convocatoria.

28014065 San José. /

Pedro Escudero, 21 y 23. Madrid. / No cumple puntos 3.2 ni 3.3 de la convocatoria.

28019348 Santa Joaquina de Vedruna. / Ctra. Colmenar Viejo, kilómetro 10. Madrid. / No cumple puntos 3.2 ni 3.3 de la convocatoria.

28011908 Tajamar. / Pío Felipe, 12. Madrid. / No cumple punto 3.2 de la convocatoria.

Murcia

30010176 Azalea. / Calvo Sotelo, sin número. Beniel. / No cumple punto 3.3 de la convocatoria.

30007700 Sabina Mora. / Hernán Cortés, 9. La Unión. / No cumple punto 3.3 de la convocatoria. 30005764 Escuela Equipo. / Carril Juan Frutos-Ctra. Alge. Murcia. / No cumple punto 3.2 de la convocatoria.

30008251 Parra. / Ceuta, 1. Murcia. / No cumple punto 3.2 de la convocatoria.

Salamanca

37000735 La Inmaculada. / Afueras, sin número. Armenteros. / No cumple punto 3.3 de la convocatoria.

Toledo

45001283 Cervantes. / Cruces, 24. Madridejos. / No cumple punto 3.2 de la convocatoria.

45002445 Ntra. Sra. de los Dolores. / Ntra. Sra. de los Dolores, 2. Quintanar de la Orden. / No cumple punto 3.2 de la convocatoria.

45003127 Exa. / Cañada de la Sierra, 65. Talavera de la Reina. / No cumple punto 3.2 de la convocatoria.

Zamora

49006101 Emae. / Ctra. de la Aldehuela, 7. Zamora. / No cumple punto 3.2 de la convocatoria.

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